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Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S.A. (EMVS). Registro Permanente de Solicitantes de Vivienda

  • Horario

    Atención presencial de 9 a 14 horas
    Atención telefónica de lunes a viernes de 9 a 14 y de 17 a 20 horas (fuera de este horario se dispone de buzón telefónica que remite a los horarios de atención)

  • Transporte más próximo
    Metro: Palos de la Frontera
    Bus: 6 , 8 , 19 , 27 , 34 , 41 , 45 , 47 , 55 , 59 , 60 , 78 , 85 , 86 , 102 , 148 , 247
    Renfe: Delicias
  • Equipamiento / Servicios
    Inscripción de demandantes de vivienda al Ayuntamiento de Madrid, tanto en régimen de venta como de arrendamiento.
  • Naturaleza Centro
    Público * Ayuntamiento de Madrid * Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda * Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S.A. (EMVS)
  • Descripción
    El Registro Permanente de Solicitantes (RPS) es el instrumento mediante el cual la EMVS analiza la demanda real de población susceptible de ser adjudicataria de vivienda con protección pública. Incorpora a sus ficheros automatizados los datos personales, sociales, económicos o familiares necesarios para la adjudicación de una vivienda. Ello facilita a los inscritos el acceso a los programas municipales de vivienda protegida que mejor se adapten a sus circunstancias particulares.
  • Inscripción
    Puede consultar los requisitos, la documentación necesaria para inscribirse accediendo al trámite: "Inscripción en el Registro Permanente de Solicitantes de Vivienda" en Otra información relacionada: Trámites.
    La inscripción se hará presencialmente en las oficinas de la Empresa Municipal de la Vivienda y el Suelo.
  • Modificación de datos
    Todos aquellos solicitantes inscritos en este Registro que tengan que modificar datos de su solicitud: cambios de domicilio, declaraciones de renta, etc., han de personarse en las dependencias de la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (EMVS) sin necesidad de cita previa.
  • Baja
    a) Por el transcurso del plazo al efecto señalado.
    b) Por incumplimiento de las obligaciones del solicitante o de cualquier miembro de su unidad familiar.
    c) Por solicitud expresa del solicitante o cualquier miembro de la unidad familiar.
    d) Por incumplimiento sobrevenido de los requisitos establecidos.
    Serán dados de baja, no pudiendo darse de alta nuevamente en el Registro Permanente de Solicitantes de Vivienda, durante cinco años, aquellos solicitantes o cualquier miembro de la unidad familiar que, habiendo resultado adjudicatario en el correspondiente proceso de adjudicación, haya renunciado a la vivienda con la que ha sido agraciado. El plazo de baja se computará desde el día de la renuncia
  • Fundamento Legal
    Reglamento de adjudicación de viviendas afectas a los Programas Municipales de Viviendas a aplicar por la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S.A. aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria de fecha 30 de mayo de 2008. BOCM núm. 149 de 24 junio 2008

 
Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S.A. (EMVS). Registro Permanente de Solicitantes de Vivienda

Contacto

  • Teléfono
    Work 915 168 150 (de lunes a viernes de 9 a 14 y de 17 a 20 horas)
  • Sitio Web
    www.emvs.es

Localización

  • Dirección
    CALLE FRAY LUIS DE LEON, 11
    28012 MADRID
  • Distrito: ARGANZUELA
  • Barrio: PALOS DE MOGUER
40.406188689831524 , -3.6970244827191534



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