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Trámites

Alta domiciliación bancaria. Tributos municipales periódicos (Impuestos -IBI, IAE, IVTM- y Tasas)

La domiciliación bancaria supone el cargo, el último día del periodo voluntario, en la cuenta indicada por el contribuyente del importe del recibo emitido anualmente, salvo en los casos de Pago fraccionado con bonificación y Pago fraccionado.

Los tributos municipales de carácter periódico para los que se puede solicitar la domiciliación bancaria son:

  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) en las modalidades de Pago único, Pago fraccionado con bonificación y domiciliación con Cambio de titularidad en el próximo ejercicio.
  • Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).
  • Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
  • Tasa por Ocupación de suelo, vuelo o subsuelo (OCU).
  • Tasa por Pasos de vehículos (TPV) en las modalidades de Pago único y Pago fraccionado.
  • Tasa de gestión de Residuos Urbanos (TRU) en las modalidades de Pago único y Pago fraccionado con bonificación (Domiciliación recibo de 2010).
  • Cómo realizar el trámite

    En todos los casos la domiciliación la deberá realizar el titular de la cuenta bancaria.

    Plazo
    Se podrá solicitar durante todo el año (ver los plazos de efecto) salvo para la Tasa de Residuos Urbanos (TRU), que podrá solicitarla una vez recibida la liquidación correspondiente al ejercicio 2009, con efectos para el 2010.

  • Recurso
    Recurso potestativo de reposición, previo a la reclamación económico-administrativa, ante el órgano que dictó el acto, o bien directamente, reclamación económico-administrativa, previa al contencioso-administrativo, ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal.
  • Documentación

    El impreso de solicitud puede descargarse desde esta misma página en la columna derecha.

    Para la Tasa de Residuos Urbanos (TRU), el identificador se cumplimentará despreciando los cuatro últimos dígitos de este dato, que figuran al pie del documento (Carta de Pago), señalándolo en el propio documento de pago (recibo).

    Si la solicitud la realiza en las Oficinas Municipales de Registro y demás registros oficiales, deberá presentar el impreso general de Domiciliación Bancaria común para todos los tributos, excepto para los siguientes, que disponen de un impreso específico de Solicitud de Alta en Pago Fraccionado:

    • Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): modalidad de pago fraccionado con bonificación.
    • Tasa por Prestación del Servicio de Gestión de Residuos Urbanos (TRU): modalidad de pago fraccionado con bonificación.
    • Tasa por Pasos de Vehículos (TPV) en la modalidad de pago fraccionado.

Plazos de efecto de la domiciliación

  • Pago Único
    Para que la domiciliación tenga efectos en el año en curso ha de solicitarse dentro de los siguientes plazos:
    • Hasta el último día del periodo voluntario de pago, si se realiza de forma presencial en las Oficinas de Atención al Ciudadano y en las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente, a través de Internet o del teléfono 010.
    • Hasta dos meses antes del inicio del periodo voluntario de pago, si se solicita mediante impreso normalizado.
      La Tasa de Residuos Urbanos se podrá domiciliar con efectos para el año 2010, desde la fecha de recepción de la liquidación de 2009 hasta el 31 de julio de 2010.

      Si desea conocer el calendario de tributos para el año 2010, pulse en este enlace: Periodos voluntarios de pago.
  • Pago con fraccionamiento y bonificación (Impuesto sobre Bienes Inmuebles y Tasa por Prestación del Servicio de Gestión de Residuos Urbanos):
    • Si se realiza de forma presencial en las Oficinas de Atención al Ciudadano y Oficinas de Atención Integral al Contribuyente o a través del Teléfono 010, hasta el 30 de abril (efectos para el año en curso).
    • Si se realiza mediante impreso, hasta el 31 de diciembre (efectos para el año siguiente).
    • Si se realiza por Internet, hasta el 30 de abril (efectos para el año en curso).
  • Pago fraccionado (Tasa por Pasos de Vehículos):
    • Si se realiza de forma presencial en las Oficinas de Atención al Ciudadano y Oficinas de Atención Integral al Contribuyente o a través del Teléfono 010, hasta el 31 de enero (efectos para el año en curso).
    • Si se realiza mediante impreso, hasta el 31 de diciembre (efectos para el año siguiente).
    • Si se realiza por Internet, hasta el 31 de enero (efectos para el año en curso).

Validez de la domiciliación
Las domiciliaciones tendrán validez por tiempo indefinido, en tanto no sean anuladas por el interesado, rechazadas por la Entidad de depósito o la Administración disponga expresamente su invalidez por razones justificadas.


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En línea
  • Teléfono
    010
    915 298 210 (desde fuera del municipio de Madrid).

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