Competencias de todas las OMICs (Central y Distritos)
En materia de mediación
- Propiciará, a través de la mediación entre el consumidor y la empresa, la resolución voluntaria de conflictos.
- Si no se logra la avenencia entre las partes en conflicto, remitirá la reclamación, si el reclamante lo solicita expresamente, a la Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Madrid.
En materia de inspección
- Velará por la defensa general de los legítimos intereses y usuarios y podrá iniciar las acciones pertinentes para la determinación, conocimiento y comprobación de los hechos y, cuando sea procedente, para su remisión al órgano competente.
- Iniciará, cuando proceda, la tramitación del correspondiente expediente sancionador.
Recepción de reclamaciones y denuncias de las siguientes materias:
- Agencias de viajes
- Autoescuelas
- Bancos, cajas de ahorros y entidades financieras
- Centros, servicios y establecimientos sanitarios y de acción social
- Enseñanza reglada
- Enseñanza no reglada
- Seguros
- Servicios públicos. Sólo se recepcionará cuando se ejerza la actividad en régimen de derecho privado.
- Servicios profesionales
- Transporte público
Competencias de las OMICs Distritos
- Conocimiento y tramitación de las reclamaciones y denuncias referidas a los siguientes supuestos
a) Alimentos y bebidas: etiquetado, fraude en el peso, precios, varios
b) Bienes: calzado, textil, juguetes, librería y papelería, material escolar, mobiliario y decoración, electrodomésticos de gama blanca y marrón, informática, electrónica y aparatos de teléfono, piel y cuero, productos de limpieza, relojería, joyería, compra de animales, vehículos nuevos y de segunda mano (automóviles y motocicletas), óptica, material fotográfico, varios
c) Servicios:
- Centros de cuidado y recreo infantil y escuelas infantiles (sólo en aspectos relativos a derechos de los consumidores)
- Espectáculos públicos, establecimientos de ocio (discotecas, cines, gimnasios, juegos de azar...) y actividades recreativas
- Establecimientos turísticos y hostelería
- Garajes - aparcamientos
- Peluquerías, institutos de belleza, piercing, tatuaje y otros servicios de estética (sólo en aspectos relativos a derechos de los consumidores)
- Piscinas privadas de uso público (sólo en aspectos relativos a derechos de los consumdiores)
- Reparación de vehículos
- Reparación de otros bienes, como joyería - relojería, material informático
- Servicio a domicilio
Fundamento legal
Instrucción relativa a la coordinación del funcionamiento de las Oficinas Municipales de Información al Consumidor de la Ciudad de Madrid. Resolución de la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de la Vicealcaldía de 14 octubre 2008. BOAM Búm. 5859 de 17 octubre 2008
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Titularidad
Público * Ayuntamiento de Madrid * Distrito de Villaverde