Imprimir procedimiento Procedimientos operativos: Procedimiento de Incidentes Complejos, Código PIC

Procedimiento de Incidentes Complejos
Código PIC

Índice

1 - Objeto

Establece un marco de actuación en siniestros complejos en el ámbito municipal de la Ciudad de Madrid en los que sea necesaria la actuación coordinada de al menos tres servicios municipales entre: POLICÍA MUNICIPAL, BOMBEROS, SAMUR-PC y SAMUR SOCIAL.

Con ello se busca garantizar la coordinación de los distintos recursos participantes con el fin de:

2 - Definiciones

Incidente Complejo

Todo incidente que en atención a su tipología, amplitud, resultados lesivos conocidos o previsibles, grado de afectación a infraestructuras vitales o críticas, o número de recursos necesarios para atenderlo, precisa una actuación coordinada de los servicios de seguridad y emergencia y la designación de un mando responsable del siniestro o suceso.

No se incluyen los incidentes que exijan la movilización de recursos distintos de los efectivamente disponibles en el operativo de guardia diario de cada uno de los servicios, así como aquellos que cuentan con un plan de actuación específico (p. ej. Aeropuerto) o suponga la activación de un plan superior: Plan de Emergencia Municipal (PEMAM) o Plan de Territorial de Emergencia de la Comunidad de Madrid (PLATERCAM)

Puesto de Mando Avanzado (PMA)

Espacio físico en el que los responsables operativos de los servicios implicados llevarán a cabo la coordinación de la intervención. En caso de ausencia de dicho responsable deberá existir una persona delegada debidamente identificada y con comunicación directa.

Puesto Sanitario Avanzado (PSA)

Espacio que se defina para asistencia sanitaria y estabilización.

Puesto Atención SOCIAL (PAS)

Espacio que se defina para atención social.

Zona Caliente

Zona de especial riesgo, de acceso restringido a los intervinientes imprescindibles que deban realizar las medidas de intervención que tienen por objeto eliminar, 08/04/2020 PIC Procedimiento Actuación Incidentes Complejos Página 4 de 22 reducir o controlar los efectos de la emergencia. La determinará el responsable de guardia que asume el mando de la emergencia, en función de la naturaleza y evaluación de la misma.

Zona Templada

Zona inmediata a la zona caliente, de acceso limitado para personal ajeno a la intervención y a la que solo podrán acceder los miembros de los servicios implicados.

Zona Fría

Zona de apoyo logístico y actividades complementarias situada a continuación de la Zona Templada, que se considera segura.

Zona de Espera

Zona definida en el Puesto de Mando Avanzado, si fuera precisa su existencia. Es una zona exterior a la zona Templada, a ser posible bien comunicada y destinada al estacionamiento de vehículos y equipos, listos para su utilización inmediata si fueran requeridos.

Esta zona deberá estar correctamente señalizada y tendrá condiciones de dimensión, accesibilidad y maniobrabilidad adecuadas. Cada Servicio contará con un responsable en la misma.

Existirá un mando único de dicha zona, que pertenecerá a POLICÍA MUNICIPAL y coordinará a los responsables de los distintos servicios en esta zona de espera.

Punto de atención a los Medios de Comunicación

Lugar físico para ubicar a los medios de comunicación que se hayan desplazado hasta el lugar, siempre fuera de la zona templada. Su situación se establecerá en el Puesto de Mando Avanzado en coordinación con Emergencia Madrid y POLICÍA MUNICIPAL y distanciado del Puesto de Atención Social (PAS) si lo hubiere y del Puesto Sanitario Avanzado (PSA).

Jefe de Operaciones (Jefe del Puesto de Mando Avanzado –JPMA–)

Persona del órgano de coordinación que constituye el Puesto de Mando Avanzado, de entre los responsables de los servicios de BOMBEROS, POLICÍA MUNCIPAL y SAMUR-PROTECCIÓN CIVIL, que lleva a cabo las funciones de dirección de la intervención y determinado según lo establecido en los puntos 4 y 6 del presente Protocolo.

CISEM

Centro Integrado de Seguridad y Emergencias de Madrid, en el que se ubican las centrales de comunicaciones de los Cuerpos de Policía Municipal, Bomberos y SAMUR-Protección Civil, y en el que se reciben los avisos sobre incidentes y se activan los recursos para la intervención.

GIMU

Gestor de Información del Mando Único, que recepcionará, unificará, homogenizará y trasmitirá todos los hechos objetivos que proporcionen información relacionada con sucesos ocurridos en la Ciudad de Madrid, y por tanto sobre los incidentes complejos objeto del presente Protocolo.

3 - Funciones de los servicios

3.1 POLÍCIA MUNICIPAL

Serán los encargados de asegurar que las operaciones que se realizan para mitigar el accidente sean llevadas a cabo en las mejores condiciones de seguridad ciudadana.

Para lograr estos objetivos las actuaciones a realizar serán, entre otras:

Coordinar la actuación de los recursos de los Agentes de Movilidad en el desarrollo de sus funciones en el incidente.

3.2 BOMBEROS

Ejecutan las medidas de intervención que tienen por objeto eliminar, reducir o controlar los efectos de la emergencia, combatiendo directamente la causa que la ha generado y las circunstancias que facilitan su evolución o propagación.

Para lograr estos objetivos las actuaciones a realizar serán, entre otras:

3.3 SAMUR-PROTECCIÓN CIVIL

Este servicio ejecutará las medidas de protección a la población referentes a la asistencia sanitaria y las medidas de socorro referidas a primeros auxilios, clasificación, control y evacuación (transporte sanitario), así como la asistencia psicológica inmediata a personas ilesas impactadas por el suceso y posteriormente a posibles víctimas secundarias del incidente.

Para lograr estos objetivos las actuaciones a realizar serán, entre otras:

POLICÍA MUNCIPAL, BOMBEROS y SAMUR-PROTECCIÓN CIVIL deberán prever y comunicar lo antes posible la necesidad de atención a damnificados por SAMUR SOCIAL.

3.4 SAMUR SOCIAL

Este servicio garantizará la atención social y la cobertura de necesidades sociales básicas de las personas afectadas por la emergencia.

Para lograr estos objetivos las actuaciones a realizar serán, entre otras:

3.5 GESTOR DE INFORMACIÓN DEL MANDO ÚNICO

4 - Activación del procedimiento

4.1 Cualquiera de los Servicios Municipales de Seguridad y Emergencias presentes en el siniestro, Bomberos, Policía Municipal o SAMUR-Protección Civil, en atención al tipo de siniestro y sus competencias, tras valorar la magnitud, complejidad o previsible evaluación del incidente, propondrá la activación del PIC, siendo el Jefe/Supervisor de Guardia quien deberá activarlo. Para facilitar la decisión, se aporta un catálogo orientativo de intervenciones que deben generar la activación y el cuerpo/servicio responsable de hacerlo:

Ver Anexo 1: Criterios orientativos para la activación del PIC.

Dicha decisión puede adoptarse individualmente por el responsable del servicio más directamente implicado, o de forma acordada con el resto de servicios.

El mando del servicio directamente implicado en la resolución del incidente asumirá la jefatura de las operaciones (Jefe del Puesto de Mando Avanzado).

4.2 Activado el procedimiento, el jefe de operaciones comunicará al Centro Integrado de Seguridad y Emergencias de Madrid (CISEM) de forma inmediata y clara los siguientes datos:

Esta información se trasladará sin dilación al Gestor de Información del Mando Único (GIMU), y al resto de servicios, y cada responsable de guardia en CISEM replicará por la malla esa información a los recursos activados a la intervención.

4.3 En caso de no activación del PIC por el responsable del servicio competente o con mayor responsabilidad en la resolución del siniestro, cualquiera de los servicios actuantes presentes podrán requerir de aquel su activación, y si existiesen discrepancias se dirimirán entre los responsables de la guardia de los servicios, junto con el Gestor de Información del Mando Único (GIMU) de guardia, y la decisión que allí se adopte se acatará por todas las partes.

4.4 Finalizada la responsabilidad del jefe de operaciones inicial cederá la dirección del PIC al servicio que siga con su activación, debiendo quedar reflejado dicho relevo en la responsabilidad en el Informe PIC:

Ver Anexo 2: Informe PIC.

La desactivación del PIC lo realizará el jefe de operaciones en coordinación con los responsables del PIC del resto de servicios actuantes una vez que las actuaciones están controladas y está superada la situación de crisis, comunicándose al Centro Integrado de Seguridad y Emergencias de Madrid (CISEM) y al Gestor de Información del Mando Único (GIMU) de guardia. Ver flujograma del Procedimiento:

Ver Anexo 4: Flujograma de activación.

5 - Criterios operativos

5.1 Acceso y llegada al lugar del incidente y primeras medidas

5.2 Zonificación

5.3 Evacuación del lugar de intervención

5.4 Acceso/salida del perímetro del siniestro

6 - Estructura de coordinación

6.1 Evaluación

7 - Implantación

8 - Anexos

Ver Anexo 1: Criterios orientativos para la activación del PIC.

Ver Anexo 2: Informe PIC.

Ver Anexo 3: Representación gráfica de Situación Táctica (SITAC).

Ver Anexo 4: Flujograma de activación.