Subvenciones para el desarrollo de itinerarios de empleabilidad 2021-2022

La presente convocatoria tiene por objeto aprobar la convocatoria de subvenciones a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro para la puesta en marcha, implantación y desarrollo de itinerarios de empleabilidad en aquellos barrios de la ciudad de Madrid que tienen una mayor incidencia de desempleo entre sus habitantes y un índice mayor de vulnerabilidad y riesgo de exclusión social.

¿Quién lo puede solicitar?

Entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro.

¿A quién va dirigido?

Al empleo de personas empadronadas en la ciudad de Madrid, que sean desempleadas y que se encuentran con más dificultades para acceder a un empleo debido a sus circunstancias personales y sociales, la intervención se focalizará en el 2021 específicamente en los barrios y zonas colindantes de:

  • San Isidro (Carabanchel)
  • Almendrales (Usera)
  • Orcasur (Usera)
  • Entrevías (Puente de Vallecas)
  • San Diego (Puente de Vallecas)
  • San Cristóbal (Villaverde)
  • Villaverde Alto, Casco Histórico de Villaverde (Villaverde)
  • Casco Histórico de Vicálvaro (Vicálvaro)
  • Amposta (San Blas-Canillejas)

Plazo

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

La concesión se realizará para 2021 y 2022, con el límite del crédito fijado en el artículo 21 de esta convocatoria, a favor de aquella entidad que haya obtenido mayor puntuación en aplicación de los criterios expuestos en el artículo 9 de la convocatoria.

Importe

El crédito total destinado a esta convocatoria se cifra en seiscientos dos mil doscientos euros (602.200 €), de los cuales, trescientos un mil cien euros (301.100 €) serán con cargo al ejercicio 2021 y trescientos un mil cien euros (301.100 €) con cargo al ejercicio 2022.

Requisitos

Las entidades que soliciten subvención con cargo a la presente convocatoria deberán reunir a la finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos, que deberán mantenerse, al menos, durante el periodo en el que disfruten de la condición de beneficiarias:

a) Tener personalidad jurídica y carecer de ánimo de lucro.

b) Que sus fines y actividades sociales coincidan con la finalidad de la convocatoria y el contenido del proyecto presentado.

c) Desarrollar sus actividades o tener sede en el ámbito territorial de la ciudad de Madrid.

d) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

e)  Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid.

f) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

g) No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos, siempre que el plazo establecido para su presentación hubiera finalizado, con independencia de que el requerimiento a que se refiere el artículo 70.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, RGS), se hubiera realizado o no. La apreciación de esta prohibición se realizará de forma automática y subsistirá mientras perdure la ausencia de justificación.

 Cómo realizar el trámite         

En línea: realizando la solicitud a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar en línea" (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda

Para más información consultar la información relacionada. 

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