4. Documentos originales que acreditan el uso de la vivienda (necesario presentar al menos uno)

  • Contrato de alquiler en vigor de vivienda o habitación. La duración mínima será de seis meses y deberá estar firmado por todas las personas que figuran en el contrato. En caso de contratos prorrogados deberá aportar además el último recibo del pago del alquiler, donde figure la persona arrendadora (propietario/a), la arrendataria (inquilino/a), mes de alquiler y dirección de la vivienda. Si el contrato de alquiler está firmado electrónicamente, aunque esté en vigor, se debe aportar justificante de pago como en el caso de contratos prorrogados. En caso de alquiler de habitación el único documento acreditativo de la vivienda que tiene que aportar es el contrato de alquiler
  • Escritura o copia simple de propiedad de la vivienda, contrato de compraventa o nota simple del Registro de la Propiedad. Estos documentos únicamente son válidos si no hay personas empadronadas con posterioridad a la fecha del contrato o la escritura. En caso contrario, se debe aportar además una factura de suministro con una antigüedad máxima de tres meses.
  • El Ayuntamiento está facultado para pedir documentos adicionales acreditativos del uso del domicilio para comprobar la veracidad de los datos contenidos en el padrón municipal.
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