Entre las novedades destacan la reducción del tiempo mínimo de aparcamiento de veinte a cinco minutos y la rebaja del 50 % en la tarifa a los vehículos ECO

Aprobada la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Estacionamiento

Nota de prensa 20/10/2016
  • Se reduce el tiempo mínimo de estacionamiento de veinte a cinco minutos para adaptarlo mejor a las necesidades de la ciudadanía y desincentivar el aparcamiento en doble fila.
  • Se pagará entre 5 y 15 céntimos de euro por esa fracción mínima de estacionamiento
  • La rebaja de la tasa para los vehículos ECO alcanza el 50 %, mientras que los más contaminantes pagarán más. La ordenanza actualiza la tipología de los vehículos no sujetos a la tasa
  • Los vehículos comerciales e industriales podrán optar por una tarifa ampliada para estacionar un máximo de ocho horas
  • Quedan suprimidos los recargos y reducciones por nivel de ocupación
  • Algunas de estas medidas entrarán en vigor el 1 de junio de 2017 para garantizar la adecuada implementación de los sistemas informáticos requeridos para su funcionamiento
  • Más información aquí: http://bit.ly/2emADJz 

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La Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid ha dado hoy (jueves 20 de octubre) luz verde a la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Estacionamiento de Vehículos en determinadas zonas de la capital para 2017.

Entre las novedades destaca la reducción del tiempo mínimo de estacionamiento de veinte a cinco minutos, lo que agilizará los estacionamientos, desincentivará el aparcamiento en doble fila y se adaptará mejor a las necesidades de la ciudadanía.

El Ayuntamiento flexibiliza a partir del 1 de junio de 2017 el tiempo de estacionamiento en las zonas SER para que el ciudadano pueda adaptarlo mejor a sus necesidades. Por eso se ha calculado una tarifa inicial de cinco minutos, al considerar que es lapso temporal mínimo para realizar cualquier gestión o trámite. En la actualidad el tiempo mínimo de estacionamiento es de veinte minutos.

La fracción de cinco minutos costará entre 5 céntimos en plazas azules y 15 en plazas verdes. El reducido coste incentivará, previsiblemente, el estacionamiento ordenado y contribuirá a reducir la doble fila.

Además, se registrará más uso de los estacionamientos (al ocupar los vehículos menos tiempo las plazas de estacionamiento podrán ser más los que aparquen en esas zonas). En el Área Diferenciada de Larga Estancia (Zona Oeste de Madrid) se mantiene en una hora el mínimo de estacionamiento. En ese área se modifica la gestión de la última hora, con la posibilidad de acumular el tiempo para el día siguiente.

Vehículos comerciales e industriales

La Ordenanza contempla también el establecimiento de una nueva tarifa para los vehículos comerciales e industriales, que podrán elegir entre la tarifa actual de un estacionamiento máximo diario –continuado o no– de cinco horas, u optar por una ampliada que permite un máximo de ocho horas.

Quedan suprimidos los recargos y reducciones por nivel de ocupación del barrio o casco histórico en el momento del estacionamiento. El Ayuntamiento considera que son suficientes los incrementos anteriores, a lo que hay que unir las dificultades técnicas para determinar dicho nivel de ocupación justo en el momento en el que se va a estacionar un vehículo.

Y, por último, cambian algunos aspectos de la gestión, de menor entidad, con el objeto de favorecer su eficacia.

Entrada en vigor

La Ordenanza entrará en vigor el 1 de enero de 2017, a excepción de los siguientes cambios, que lo harán el próximo 1 de junio:

Las modificaciones referidas a la adaptación de las nuevas tipologías de vehículos, las tarifas establecidas por tiempo inferior a 20 minutos, los recargos y reducciones por tecnología del vehículo, y la implantación del régimen recaudatorio de liquidación.

El motivo de que entren en vigor el 1 de junio obedece a la necesidad de garantizar la adecuada implementación de los sistemas informáticos requeridos para el funcionamiento de las medidas propuestas.

Ordenanzas Fiscales 2017

La Ordenanza Fiscal de la Tasa por Estacionamiento de Vehículos se suma a las otras 12 aprobadas por la Junta de Gobierno del pasado día 13 de octubre, que modificarán tributos como el IBI, el de Vehículos de Tracción Mecánica y el de Construcciones, Instalaciones y Obras. El conjunto de estas medidas fiscales, que sistematizan los tributos y precios públicos municipales, buscan un reparto más equitativo de la carga impositiva.

Tras su aprobación inicial por la Junta de Gobierno se abre un plazo de información pública de 30 días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, para que los interesados puedan examinar el proyecto y presentar alegaciones. Y será el Pleno del Ayuntamiento el que apruebe las Ordenanzas, previsiblemente el próximo mes de diciembre./

 

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