Preguntas frecuentes sobre los procesos selectivos de funcionarización 2026

El proceso de funcionarización surge como consecuencia de la DT2.º del TREBEP y de los Acuerdos de la Mesa General de Empleo del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.

Tiene como objetivo adquirir la condición de personal funcionario al personal laboral fijo que presta servicios en el Ayuntamiento de Madrid y en sus Organismos Autónomos, en la categoría y especialidad funcionarial equivalentes a la cual estén prestando servicios como laboral.

Puedes informarte más detalladamente consultando las Bases que resultan de aplicación al presente proceso y en la página web del Ayuntamiento.

Debido a la naturaleza del proceso selectivo, se trata de un proceso restringido, siendo criterio imprescindible estar incluido en el Catálogo definitivo de puestos susceptibles de funcionarización. En el momento de inscribirte al proceso selectivo, en caso de que no formes parte de dicho catálogo, se te informará en pantalla. No obstante, recomendamos revisar el catálogo previamente a su inscripción.

Sin embargo, el hecho de encontrarse incluido en el correspondiente catálogo, no genera derecho alguno a la adquisición de la condición del personal funcionario. Además, se deben reunir los requisitos exigidos en las bases y superar el proceso selectivo.

Este proceso es voluntario: a pesar de encontrarte en el catálogo, puedes no presentarte al proceso selectivo. Podrás continuar prestando servicios en el Ayuntamiento como personal laboral fijo.

En esta convocatoria es de aplicación la normativa sobre titulación académica o profesional exigida para acceder a los distintos cuerpos de funcionarios, en función de su subgrupo de pertenencia, o a las distintas categorías profesionales.

El desempeñar o haber desempeñado previamente la categoría equivalente como personal laboral fijo no exime de este requisito, salvo aquellos supuestos en que la normativa convencional aplicable al ámbito permite excepcionar esta exigencia.

Puedes consultar los requisitos específicos de cada categoría a convocar en las Bases que resultan de aplicación al presente proceso

Si tienes alguna duda en concreto sobre titulaciones, puede preguntarnos a través del siguiente enlace: Solicitud de información personalizada sobre procesos selectivos

La convocatoria y sus bases se publican en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica.

Todas las personas que participan en procesos selectivos están obligadas a relacionarse con la Administración municipal a través de medios electrónicos.

La solicitud de participación podrá presentarla dentro de los veinte días hábiles siguientes al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

Las solicitudes se deberán presentar exclusivamente en el Registro Electrónico General a través del trámite específico que se ha habilitado al efecto.

En dicho trámite deberá cumplimentar el autobaremo de méritos, de conformidad con lo dispuesto en las Bases que resultan de aplicación al presente proceso

Solamente el documento de autoliquidación de la tasa, una vez realizado el pago aunque la cantidad a abonar sea de 0 euros y en caso de que proceda, justificación de su reducción o exención.

No es necesario justificar sus méritos para la fase de concurso, exclusivamente deberá alegarlos.

Asimismo, no es el momento procedimental oportuno para adjuntar la titulación académica.

Se ha habilitado la posibilidad de modificar el formulario de participación antes de que finalice el plazo de presentación de instancias del proceso selectivo, pudiendo corregir, añadir o eliminar méritos.

No obstante, una vez finalizado dicho plazo, no será posible realizar ningún cambio en la autobaremación presentada.

En ningún caso serán valorados los méritos no alegados en el autobaremo, ni se comprobarán por las unidades de personal aquellos méritos relativos a los servicios prestados en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos que no se hayan reflejado en el mismo.

En estos procesos selectivos los méritos se alegan en el momento de cumplimentar la solicitud de participación en el proceso selectivo, mediante un autobaremo de méritos.

En ningún caso serán valorados los méritos no alegados en el autobaremo, ni se comprobarán por las unidades de personal aquellos méritos relativos a los servicios prestados en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos que no se hayan reflejado en el mismo.

En todo caso, es recomendable que revise las Bases que resultan de aplicación al presente proceso, concretamente las bases 6.3 y 7.2.

Se valorará la “experiencia profesional como personal laboral fijo del Ayuntamiento de Madrid o de sus Organismos Autónomos en la categoría laboral equivalente a la categoría y especialidad funcionarial convocada”. Para ello, deberá indicar en el formulario la fecha de inicio y de fin del periodo alegado, el porcentaje de jornada realizado y la denominación del puesto o categoría desempeñada como personal laboral fijo.

Asimismo, se valorarán los “ejercicios superados en anteriores procesos selectivos para acceder a la condición de personal laboral fijo en la misma categoría y especialidad funcionarial convocada”. En este caso, deberá indicar la fecha de realización del ejercicio, la denominación del proceso selectivo y el número del Boletín Oficial en el que se publicó la convocatoria.

A través del siguiente enlace podrá acceder a su informe de carrera administrativa en donde se le indican los periodos de los servicios prestados en el Ayuntamiento de Madrid. Recuerde que no es necesario que lo adjunte a su solicitud de participación.

Es necesario que recuerde que solamente se valorará la experiencia profesional como personal laboral fijo del Ayuntamiento de Madrid o de sus Organismos Autónomos en la categoría laboral equivalente a la categoría y especialidad funcionarial convocada. En todo caso, es recomendable que revise las Bases que resultan de aplicación al presente proceso, concretamente las bases 6.3 y 7.2.

Resulta imprescindible indicar una fecha y el número del Boletín Oficial en el que se publicó la convocatoria para justificar el mérito correspondiente a los “ejercicios superados en anteriores procesos selectivos para acceder a la condición de personal laboral fijo en la misma categoría y especialidad funcionarial convocada”.

La comprobación de estos méritos se realiza de oficio por los servicios del Ayuntamiento de Madrid. Por ello, y con el fin de facilitar la localización de la documentación, se ruega que los datos consignados sean lo más específicos posible.

No obstante, la fecha indicada no tiene que ser necesariamente exacta, pudiendo ser aproximada. Del mismo modo, si no recuerda el número exacto del Boletín Oficial en el que se publicó la convocatoria, podrá aportar cualquier otro dato que facilite su identificación, como alguna otra publicación relacionada con el proceso selectivo alegado.

Debe recordarse que no es necesario aportar documentación junto con la solicitud de participación para acreditar este mérito, por lo que tampoco es preciso solicitar ningún certificado al respecto.

Sí, es necesario abonar la tasa indicada en la correspondiente convocatoria, salvo que tenga derecho a algún tipo de reducción o exención.

Asimismo, es importante adjuntar el documento de autoliquidación de la tasa, una vez realizado el pago aunque la cantidad a abonar sea de 0 euros y en caso de que proceda, justificación de su reducción o exención.

En el plazo de dos meses desde que finalice el plazo de presentación de solicitudes se aprueba una resolución con la lista provisional de admitidos y excluidos. Dicho plazo podría prorrogarse por una sola vez por causas justificadas. 

La relación de aspirantes excluidos se publica en el Boletín Oficial del Ayuntamiento y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid. 

Desde el día siguiente al de la publicación de la relación provisional de admitidos y excluidos, se dispone de un plazo de diez días hábiles, para subsanar por medios electrónicos el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. 

Igualmente se podrá solicitar la rectificación de los errores que puedan haberse producido en los datos personales.

El Tribunal publicará con antelación en la Sede Electrónica y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid el día, lugar y hora para la celebración del ejercicio único.

No obstante, también se informa a través del calendario de Previsión de exámenes.

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