Preguntas frecuentes sobre actividades económicas (FAQs)

No, no están sujetas a licencia o declaración responsable las siguientes actuaciones:

  • las obras de conservación consistente en la sustitución de acabados interiores (p.e. cambiar los azulejos, pintar, etc.) en edificios no protegidos arquitectónicamente;
  • el cambio de actividad en locales con título habilitante (es decir, con licencia o declaración responsable en vigor) por otra actividad compatible urbanísticamente y con las mismas o menores exigencias ambientales, de seguridad, salubridad y accesibilidad;
  • la renovación de instalaciones o parte de estas cuando las nuevas cumplan las mismas exigencias urbanísticas o ambientales (p.e. cambiar un equipo de aire acondicionado por otro similar en su misma posición);
  • los actos promovidos por la Administración General del Estado o por la Comunidad de Madrid no sujetos a intervención y las obras de interés público excluidas por la legislación sectorial;
  • actuaciones provisionales de apuntalamiento en situaciones de peligro grave e inminente;
  • las actuaciones que se determinen en la legislación de suelo de la Comunidad de Madrid.

, para cambiar el rótulo de su actividad tendrá que presentar una declaración responsable o solicitar licencia urbanística en función de la protección arquitectónica del edificio en la que se encuentre.

La obtención de la licencia de primera ocupación y funcionamiento solo es exigible para las actividades sujetas a licencia urbanística incluidas en el anexo I de la Ordenanza de Licencias y Declaraciones Responsables Urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid o cuando lo determine la normativa sectorial, como es el caso de las actividades incluidas en la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculo Públicos y Actividades Recreativas.

Se deberá presentar la documentación que recoge la Ordenanza de Licencias y Declaraciones Responsables Urbanísticas (OLDRUAM) en su Anexo II apartado D y solicitar la visita de inspección mediante SLIM, en el mismo expediente que se inició al presentar la Declaración Responsable Urbanística.

No se debe presentar una nueva Declaración Responsable Urbanística ni una Declaración Responsable de Primera Ocupación y Funcionamiento, ni pagar nuevamente la Tasa de Prestación de Servicios Urbanísticos.

Para conocer el estado de su expediente, debe ponerse en contacto con la Agencia de Actividades por cualquier de los canales habilitados por ello.

Deberá comprobar si su actuación está sujeta a declaración responsable, licencia urbanística o si no está sujeta a intervención municipal.

Por razón de competencias, para su tramitación puede dirigirse a una Entidad Colaboradora Urbanística o según el tipo de actuación, a la Junta de Distrito correspondiente o al Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad.

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