Puntos Limpios Fijos del Ayuntamiento de Madrid. Descripción y cantidades admisibles para particulares

Los particulares pueden utilizar la Red de Puntos Limpios del Ayuntamiento de Madrid para la valoración o eliminación de residuos urbanos de origen domestico (consultar los Puntos Limpios por distrito en información asociada).

Tipos de residuos y cantidades admisibles:

  • Vidrio: normal de producción doméstica.
  • Papel y cartón: normal de producción doméstica.
  • Metales: normal de producción doméstica (sartenes y cacerolas)*.
  • Envases: normal de producción doméstica.
  • Maderas: 150 Kg.
  • Aceites vegetales usados de origen doméstico: producción doméstica.
  • Ropa y calzado usado: producción doméstica(se recomienda el depósito de dicho residuo dentro de una bolsa cerrada)
  • Residuos voluminosos y enseres: muebles, colchones, somieres, marcos y puertas, cajas, cristal plano, etc.: 5 uds.
  • Escombros procedentes de pequeñas obras domésticas ( R.C.D. ): 120 Kg., aproximadamente 4 sacos pequeños.
  • Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (R.A.E.Es):

    • mayoritariamente lavadoras, lavavajillas, secadoras, cocinas, etc.; ordenadores, chatarra electrónica, televisores, reproductores, equipos de sonido, 6 unidades.
    • frigoríficos, congeladores, acondicionadores de aire, etc., 1 unidad.
    • teléfonos móviles y aparatos eléctricos menores: generación doméstica.

  • Restos de desbroce y poda de origen doméstico: producción doméstica.
  • Cintas de video: 50 unidades.
  • DVD, CD y sus correspondientes embalajes: 50 unidades
  • Cápsulas de máquinas domésticas expendendedoras de café: producción doméstica.
  • Jeringuillas y agujas hipodérmicas de origen doméstico: 50 unidades.
  • Pequeñas bombonas de gas de hasta 10 litros de volumen (tipo camping gas, helio, ..): 1 unidad
  • Neumáticos de bicicleta: 3 unidades.
  • Tapones de plástico de recipientes domésticos: producción doméstica.
  • Porexpán de embalajes domésticos: producción doméstica.

Además se recogen los siguientes residuos peligrosos:

  • Envases  contaminados: producción doméstica.
  • Aceite mineral o sintético de motor: 10 litros.
  • Baterías de automóvil: 2 unidades.
  • Medicamentos: 1 Kg.
  • Aerosoles: 10 unidades.
  • Pilas (alcalinas / salinas) y de botón y baterías de móvil, ordenador, etc: producción doméstica.
  • Radiografías: 50 unidades (incluidos negativos de fotografía)..
  • Tubos fluorescentes y bombillas de bajo consumo: 5 unidades. 
  • Pinturas, disolventes y envases con restos de residuos peligrosos domésticos: 5 Kg.
  • Cartuchos de tinta de impresoras y toner: 4 unidades.
  • Termómetros o elementos que contengan mercurio: 2 unidad.

El traslado de los residuos corre por cuenta de la persona interesada, con sus propios medios.

Residuos no admisibles:

  • Residuos urbanos orgánicos o biorresiduos.
  • Materiales radioactivos.
  • Materiales explosivos o inflamables.
  • Residuos infecciosos.
  • Neumáticos.
  • Recipientes voluminosos que hayan contenido materiales tóxicos o peligrosos.
  • Residuos sin segregar.
  • Residuos sin identificar.
  • Residuos peligrosos que no sean los específicamente señalados en el punto anterior y cualquier otro que sea añadido al mismo por la autoridad medioambiental.
  • Residuos que pudieran estar infectados por plagas o vectores de cualquier tipo.
  • Residuos procedentes de establecimientos sanitarios, según lo establecido en el Decreto 83/1999 que regula las actividades de producción y de gestión de residuos biosanitarios y citotóxicos en la Comunidad de Madrid.

* Las sartenes y cacerolas también pueden depositarse en el cubo/contenedor de la fracción resto (contenedor de tapa naranja)

Subir Bajar