CS Teleasistencia. Servicios prestados

Oficinas de atención de la teleasistencia

Prestar atención y apoyo personalizado a las personas usuarias, atendiendo sus llamadas telefónicas y realizando llamadas de seguimiento: 

Las personas usuarias podrán ponerse en contacto con el personal especializado que atiende el servicio a través de:

  • el dispositivo de teleasistencia conectado en su domicilio a una línea telefónica fija o móvil.
  • la unidad de control remoto en forma de colgante o pulsera, con botón pulsador, que le han proporcionado. 

El personal especializado les ofrecerá una respuesta adecuada a la demanda planteada. 

  • Las llamadas de seguimiento podrán ser:

    • llamadas periódicas, de acuerdo con el nivel de riesgo social,

    • llamadas de cortesía,

    • llamadas de mantenimiento de agenda (medicación, citas médicas). 

Proporcionar el soporte técnico necesario a los dispositivos instalados:  

  • Dispositivo de teleasistencia

  • Unidad de control remoto, de tipo colgante o pulsera

  • Otros dispositivo de tecnología avanzada, destinados a personas con especiales necesidades que sirven de apoyo en la prevención y detección de situaciones de riesgo:

    • Detector de gas.

    • Detector de humos.

    • Detector de caídas.

    • Detector de movimiento.

    • Dispositivo adaptado a problemas de audición o de habla. 

Atender presencialmente en el domicilio a las personas usuarias, ante situaciones de emergencia domésticas, psicosociales, sanitarias, etc., para su resolución. El servicio desplazará al domicilio a personal de apoyo, no sanitario, para atender la situación producida. El desplazamiento estará condicionado a la gravedad de la situación. Si es necesario se realizará la apertura de puertas. 

El servicio no presta atenciones de carácter sanitario (atención médica, manipulación de aparatos o instrumentos que precisen de conocimientos profesionales, que sean competencia de personal sanitario, traslado a centros de salud u hospitalarios y similares). 

Para garantizar la seguridad y la tranquilidad de las personas usuarias, quienes acudan al domicilio estarán perfectamente identificadas, portando el logotipo del Ayuntamiento de Madrid en lugar bien visible. 

Coordinar la actuación con otros servicios, en caso necesario, para dar una respuesta adecuada a la petición de ayuda: Policía, Samur Social, 112, Bomberos, Centro de Salud, etc., y con otros recursos de carácter privado, en su caso. 

Informar y asesorar telefónicamente en materia económica, social, jurídica y psicológica por profesionales especializados para todas aquellas personas que lo soliciten. 

Promover actividades que favorezcan el envejecimiento activo y saludable, fomentando la participación en actividades culturales, lúdicas o de ocio, deportivas, talleres, y promoviendo las relaciones interpersonales y redes de apoyo. 

Atender, orientar y apoyar al entorno sociofamiliar que asume el cuidado de las personas usuarias del servicio. 

Información 

Las personas mayores de 65 años que, según los datos de Padrón viven solas, pueden tramitar la solicitud de Teleasistencia a través del teléfono 010.

 

Sugerencias, reclamaciones y felicitaciones

  • Gestionar las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones remitidas por la ciudadanía.
  • Informar sobre su estado de tramitación. 
  • Los canales establecidos para la presentación de las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones son:

Personas destinatarias

  • Personas mayores de 65 años, priorizando a las mayores de 80 años que vivan solas.
  • Personas de entre 18 y 64 años, en situación de dependencia reconocida por resolución administrativa del órgano competente, que incorpore el Servicio de Teleasistencia en su programa individualizado de atención (PIA).
  • Personas de entre 18 y 64 años, en situación de riesgo de aislamiento severo (excepto situaciones que se atienden desde servicios especializados) o con enfermedad grave e incapacitante. El acceso al Servicio de estas personas deberá venir acompañado de informe de los Servicios Sociales que justifique tal necesidad. 

Requisitos de la persona interesada

  • Estar empadronado/a en la ciudad de Madrid.
  • Disponer en el domicilio de línea telefónica.
  • Tener capacidad la persona interesada, o en su caso la persona con la que conviva, para realizar un uso adecuado del Servicio de Teleasistencia. 

Prestación del servicio 

Para la prestación de la Teleasistencia, el servicio cuenta con diferentes perfiles profesionales:

  • la persona que ejerza las funciones de coordinación debe ser graduada en Trabajo Social o Terapia Ocupacional,
  • el personal teleoperador debe contar con titulación de bachiller o equivalente,
  • el personal encargado del asesoramiento y apoyo en las llamadas de emergencia deberá ser Graduado Universitario en Enfermería o en Psicología,
  • el personal de la Unidad de Apoyo Domiciliario debe tener titulación de bachiller o equivalente y, por último,
  • las/os instaladoras/es deberán contar con la formación técnica adecuada.

En la prestación del servicio estará garantizada su continuidad en el tiempo. Este no se suspenderá salvo deseo expreso de la persona usuaria, baja en el padrón municipal, cambio en las condiciones que motivaron la concesión, o incumplimiento de sus obligaciones. 

Coste del Servicio de Teleasistencia 

La aportación de las personas usuarias al coste del servicio estará en función de la Renta Mensual Per Cápita (RMPC), es decir, de su capacidad económica. 

Se establece, por tanto, una cuota única por domicilio, independientemente del número de beneficiarios del servicio. El cargo se efectúa en los 10 primeros días del mes siguiente.

 Cuadro de copago del Servicio de Teleasistencia 2024

 

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