Política de donación a las instituciones de patrimonio bibliográfico y documental

Antes de solicitar hacer una donación, por favor, consulte las condiciones de aceptación y el procedimiento a seguir.

Requisitos

A fin de evitar que la integración de estas obras donadas conduzca a un crecimiento descontrolado de sus colecciones, es necesario establecer unas condiciones de aceptación y un procedimiento que permita analizar aspectos como la idoneidad de los fondos que se pretenden donar, el espacio disponible, el estado de conservación y los costes de manipulación.

Por este motivo, antes de solicitar hacer una donación, le recomendamos que consulte el documento abajo disponible: "Política de donación a las instituciones de patrimonio bibliográfico y documental dependientes de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos"

El Ayuntamiento no aceptará donaciones que no se hayan tramitado con anterioridad.

Cómo realizar el trámite

Hay que hacer una propuesta de donación a través un formulario oficial.

Puede presentarlo:

  • En línea: realizando la solicitud a través del enlace Registro Electrónico.  Para más información: consultar la ayuda.
  • Presencialmente: en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La Biblioteca Histórica estudiará su propuesta de donación y responderá lo antes posible.

Si la propuesta es aceptada, debe enviar la donación  por correo ordinario o depositarla en el lugar que le sea indicado, junto con la documentación acreditativa de que se ha aceptado la donación. Salvo casos excepcionales, debidamente justificados, solo se admitirán donaciones en las que los gastos de traslado corran de cuenta del donante.

Información complementaria:

  • Contacto: Biblioteca Histórica Municipal: bibliotecah@madrid.es /  91 3716489
  • Fundamento legal:El expediente de donación se regirá, con carácter general, por lo dispuesto en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen local; el Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales; el Reglamento del Inventario General del Ayuntamiento de Madrid; el Decreto de 23 de septiembre de 2014 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública por el que se aprueba la Instrucción 5/2014 para la adscripción y desadscripción de bienes y derechos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos públicos.
  • Entidad Gestora: Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos.

 

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