Convocatoria pública de Subvenciones para promover el desarrollo de proyectos que impulsen el reequilibrio territorial y social en barrios vulnerables 2024-2025.

El Ayuntamiento de Madrid ha publicado, con fecha 15 de abril de 2024, la convocatoria pública de subvenciones para promover el desarrollo de proyectos que impulsen el reequilibrio territorial y social en barrios vulnerables de la ciudad de Madrid para las anualidades 2024 y 2025.

Esta convocatoria se enmarca en el Plan Estratégico de Subvenciones 2023-2025 del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, teniendo como finalidad, con arreglo a la línea de subvención 2, el desarrollo de proyectos para mejorar la cohesión social y el reequilibrio en el ámbito territorial de los barrios más desfavorecidos de los distritos de Madrid. Asimismo, a través de esta línea de subvención se persigue financiar proyectos de las entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de actuaciones de carácter social, educativo, deportivo, cultural, de ocio, capacitación para el empleo, perspectiva de género, conciliación, y semejantes, en el marco de los Planes Integrales de Barrio que promuevan y mejoren las condiciones de vida de los barrios afectados. Estas actuaciones contribuirán a mejorar su cohesión social, el bienestar y la calidad de vida en estos barrios.

Se dirige a federaciones, confederaciones, asociaciones y uniones de asociaciones de base, así como agrupaciones de asociaciones y asociaciones de base inscritas en la sección 1ª del Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid.

La convocatoria comprende las siguientes categorías de proyectos:

a) Proyectos sociales, de formación y empleo que favorezcan el bienestar social de los colectivos más vulnerables y la eliminación o reducción de situaciones de especial necesidad y de riesgo de exclusión social. Asimismo, proyectos que proporcionen herramientas para el emprendimiento y el autoempleo, así como la realización de programas o planes que puedan facilitar el acceso al mundo laboral de la población juvenil, mayores de 45 años, mujeres o personas con algún grado de discapacidad física o psíquica.

b) Proyectos de carácter educativo, cultural, de ocio y deporte que promuevan la creación de espacios de refuerzo educativo y de bancos de libros de texto y de material escolar, la lucha contra la brecha digital, la dinamización de la vida cultural en los ámbitos de actuación de la convocatoria, la adquisición de hábitos de vida saludables a través de la práctica deportiva y el fomento del ocio productivo como herramienta sociocultural y socializadora.

Los proyectos presentados por asociaciones o asociaciones de base deberán desarrollarse en el ámbito de un Plan Integral de Barrio.

En el caso de federaciones, confederaciones, uniones de asociaciones de base y agrupaciones de asociaciones podrán presentar proyectos en ámbitos territoriales que comprendan más de un PIBA.

No obstante, una entidad que presente un proyecto a través de una federación, confederación o en unión o agrupación de asociaciones podrá presentar un proyecto a título individual en el mismo ámbito territorial, en una categoría distinta a la del proyecto presentado como entidad agrupada.

Las entidades solicitantes únicamente podrán presentar un proyecto por categoría. La presentación de más de un proyecto en una misma categoría conllevará la inadmisión de todos los proyectos presentados en esa categoría, con excepción del presentado en último lugar, que será el que se admita y evalúe

Los proyectos deberán diferenciar las actividades que se desarrollarán en 2024 y las que se realizarán en 2025 y para ser valorados deberán estar identificados y formulados de forma precisa, con objetivos claros, conteniendo una descripción de las actividades, un cronograma de actuaciones, un desglose presupuestario de las distintas actividades y demás requisitos establecidos en el Anexo I. Para ello se cumplimentarán dos memorias explicativas, una para las actividades del proyecto que se desarrollarán en el año 2024 y otra para las que se ejecutarán en el año 2025, con arreglo al anexo I.

El crédito destinado a esta convocatoria bienal se cifra en ochocientos mil euros (800.000,00 €), cuatrocientos mil euros (400.000,00 €) para actividades desarrolladas en el año 2024 y cuatrocientos mil euros (400.000,00 €) para actividades desarrolladas en el año 2025 y se distribuirá entre las siguientes categorías de proyectos:

a) Proyectos sociales, de formación y empleo: 400.000 euros (200.000 euros en cada año).

b) Proyectos de carácter educativo, cultural, de ocio y deporte: 400.000 euros (200.000 euros en cada año).

La cuantía máxima de las ayudas será de 200.000 euros (100.000 euros para actividades desarrolladas en el año 2024 y 100.000 euros para actividades desarrolladas en el año 2025) por cada una de las categorías, hasta el 100% de los gastos subvencionables.

El plazo de ejecución de los proyectos subvencionados estará comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2025. 

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, por lo que el plazo se inicia el 16 de abril de 2024 y termina el 8 de mayo 2024. 

 

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