Información para las personas beneficiarias

Anexo II - INFORMACIÓN PARA LAS PERSONAS BENEFICIARIAS SOBRE LA TARJETA PREPAGO

En el centro de Servicios Sociales que corresponda al domicilio de la persona solicitante.

Como cualquier tarjeta de débito. Es personal e intransferible, y lleva asociado un número PIN que podrá ser necesario en algunas compras.

En todos los establecimientos con CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) de alimentación que admita el pago con tarjeta.

Exclusivamente pueden adquirirse productos básicos y de primera necesidad de alimentación, aseo e higiene.

La incorrecta utilización de la tarjeta para la adquisición de otros productos comportará la retirada de la ayuda y, en su caso, la obligación de reintegrar el importe abonado.

Sí, las personas beneficiarias deben justificar con facturas o facturas simplificadas (tickets de compra) los gastos realizados con la tarjeta en el plazo máximo de dos meses desde la fecha de finalización de la ayuda. El importe de las compras que no estén adecuadamente justificadas deberá ser reintegrado al Ayuntamiento.

Sí, mediante el sistema habilitado por la entidad colaboradora emisora de la tarjeta.

Tanto las personas titulares como el Ayuntamiento, a efectos de control y seguimiento, pueden realizar estas consultas. En el momento de la entrega de la tarjeta se informa del procedimiento.

La tarjeta solo sirve como medio de pago, no permite sacar dinero del cajero automático.

 

Una vez concedida la ayuda, el Ayuntamiento indica a la entidad colaboradora que proceda a la emisión y recarga de la tarjeta de acuerdo con el importe y periodicidad de pago reconocidos. La recarga periódica se realizará siempre que se mantengan las condiciones que justifican la concesión de la ayuda.

Sí, en las tarjetas figurarán los datos personales de la persona a quien se ha asignado la ayuda.

Además de la preceptiva denuncia, comunicarlo inmediatamente a la entidad colaboradora para que proceda al bloqueo y sustitución.

El dinero no gastado en un periodo se acumula en los posteriores (si los hubiera) hasta la fecha de finalización de la ayuda, en la que el saldo disponible será devuelto al Ayuntamiento de Madrid.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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