Dudas frecuentes sobre el Protocolo de actuación para episodios de contaminación por dióxido de nitrógeno

El 10 de diciembre de 2018 entró en vigor el protocolo de actuación vigente para episodios de contaminación por dióxido de nitrógeno. La contaminación en Madrid procede en su mayor parte del tráfico. Por eso, el protocolo toma sobre todo medidas para reducir el número de vehículos a motor que circulan por la ciudad, teniendo en cuenta los distintivos ambientales de la DGT para primar los vehículos más limpios.

Depende de dos factores: la concentración de dióxido de nitrógeno (NO2) que se registre y la previsión meteorológica. El protocolo establece niveles de concentración de NO2 en el aire más restrictivos que los que establece la legislación vigente, para comenzar a tomar medidas antes de llegar a niveles nocivos para la salud. Se activa si se superan estos niveles y la previsión de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) es desfavorable, es decir, si no se prevé que las condiciones de ventilación de la atmósfera vayan a ser las adecuadas para disipar la contaminación. Todos los datos son públicos: en este enlace puedes consultar las mediciones horarias y en este otro enlace las previsiones de AEMET.

Puedes consultar el contenido íntegro del Protocolo en este enlace.

Una vez superado alguno de los niveles establecidos en función de las concentraciones de dióxido de nitrógeno y si la previsión meteorológica es desfavorable en lo que a contaminación atmosférica se refiere (es decir, la atmósfera de la ciudad no permite una correcta ventilación debido a una situación de estabilidad), se considerará iniciado un episodio de contaminación.

Teniendo en cuenta los valores alcanzados así como la persistencia de las superaciones, se ha establecido 5 escenarios, con sus correspondientes medidas, para poner en marcha las diversas actuaciones (existiendo en todos ellos medidas informativas, de recomendación y de promoción del transporte público).

Es el área donde opera el Servicio de Estacionamiento Regulado (SER), que tiene por objeto la gestión, regulación y control del estacionamiento de vehículos en determinadas zonas de la vía pública. Está delimitada con líneas verdes, azules o blanquiazules, que marcan distintos tipos de usos y tarifas. Más información acerca del SER

El área del Servicio de Estacionamiento Regulado (Área SER), se subdivide en barrios:

Una vez iniciado el episodio, los distintos escenarios o su desactivación dependen de la evolución de los niveles de NO2 y las previsiones meteorológicas. Los niveles más elevados de NO2 suelen ocurrir durante las tardes y las noches.

El Ayuntamiento ha establecido el compromiso de informar antes de las 12 horas del mediodía, salvo la aplicación del límite de velocidad del Escenario 1, que se aplicará a las 6 de la mañana, después de haberse producido la superación. Es decir, el primer día de activación del protocolo, en el que no hay limitaciones de estacionamiento y circulación, se activa la noche anterior. Los siguientes escenarios se avisan antes de las 12 horas del día anterior.

Si quieres estar informado, puedes recibir un SMS gratuito, usar la aplicación para móviles, seguirnos en X (antiguo Twitter) @airedemadrid o suscribirte a X (antiguo Twitter) Alerts de @EmergenciasMad. También se muestra información a través de los paneles situados en la M30, paradas de la EMT, el metro, la red de trenes de cercanías y en los intercambiadores. Además las cuentas de X (antiguo Twitter) de @policiademadrid, @AMovilidadMad y @EMTmadrid informan de la situación, al igual que los medios de comunicación.

Imagen en la que se indica que hay que informarse de la situación del aire en Madrid mediante los paneles, las redes sociales, los agentes de movilidad, las pantallas del Ayuntamiento y la web, y también en los sistemas de alertas.

La limitación de velocidad a 70 km/h se aplica a partir de las 6 horas del día de entrada en vigor y termina con el cese del episodio de contaminación.

Las medidas de restricción del aparcamiento en zona SER y de recargo del 100% de la tasa correspondiente en su horario, de 9 a 21 horas de lunes a viernes y de 9 a 15 los sábados.

Las medidas de restricción de circulación, a partir de las 6:30 horas y hasta las 22 horas.

En el horario del SER, que es el siguiente:

Lunes a viernes, no festivos: de 9:00 a 21:00 horas.

Sábados: de 9:00 a 15:00 horas.

Mes de Agosto (de lunes a sábado, no festivos): de 9:00 a 15:00 horas.

Los días 24 y 31 de diciembre: de 9:00 a 15:00 horas.

Domingos y festivos: Sin servicio.

Los dispositivos mostrarán un aviso en la pantalla.

Cuando se encuentre activado el protocolo de contaminación por dióxido de nitrógeno se aplica un recargo del 100% en las tarifas del SER para aquellos vehículos que, en función del escenario alcanzado, tengán autorizado el estacionamiento. Más información.

En el escenario 2 y sucesivos se refuerzan las líneas de autobuses de la EMT y se solicita al Consorcio Regional de Transportes de la Comunidad de Madrid que adopte medidas para maximizar la capacidad del resto de transportes públicos.

Está demostrado que los niveles elevados de dióxido de nitrógeno pueden afectar a la salud, especialmente al sistema respiratorio. La irritación que provoca este contaminante se relaciona con un aumento de la mucosidad de las vías altas respiratorias, lo que puede hacer aumentar las infecciones respiratorias y agudizar los síntomas de pacientes con enfermedades crónicas respiratorias, asmáticos y alérgicos. Madrid Salud ofrece recomendaciones sanitarias al respecto.

Las restricciones son medidas puntuales que se aplican en casos excepcionales de alta contaminación, cuando los niveles de NO2 en el aire son tóxicos según las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS). Pueden causar molestias, pero se trata de reducir un riesgo muy alto de salud para la población en general.

 

Te ofrecemos unos consejos para mejorar la calidad del aire a través de nuestro comportamiento individual, especialmente cuando nos desplazamos o utilizamos energía en nuestro hogar, y para proteger la salud frente a la contaminación atmosférica, con atención especial a los principales contaminantes.

Mediante un Sistema de Vigilancia que dispone de una red formada por 24 estaciones distribuidas por toda la ciudad que registran los niveles de calidad del aire de manera automática y en continuo (24 horas, los siete días de la semana). Puedes consultar los valores registrados en tiempo real o históricos en nuestro sitio web de calidad del aire o a través de una aplicación para móviles.

Tiene que ver con la inversión térmica, un proceso natural que afecta a la circulación del aire en las capas bajas de la atmósfera y se agrava especialmente en las noches despejadas de invierno, cuando las capas de aire se ordenan de manera que las más altas se encuentran a mayor temperatura que las capas más próximas al suelo. En esos momentos, se dan las peores condiciones de ventilación de la atmósfera, por lo que los contaminantes quedan cerca del suelo confinados en una capa muy baja que da lugar a la boina de contaminación que envuelve la ciudad, y que es la causa por la que respiramos un aire de peor calidad. Aquí lo explicamos con más detalle.

Puede consultar el distintivo ambiental que corresponde a su vehículo a través del siguiente enlace de la página web de la Dirección General de Tráfico.

Es tan sencillo como escribir la matrícula en el recuadro que indica 'Introduzca matrícula'.

La adquisición y compra de los distintivos ambientales puede realizarse a través de: Oficinas de Correos (pulse aquí), la red de talleres de la Confederación Española de talleres (pulse aquí) y otras redes de talleres autorizados (pulse aquí), Gestores Administrativos (pulse aquí), el Instituto de Estudios de Automoción (IDEAUTO) -como Distribuidor autorizado- y para el caso de flotas, puedes obtener los distintivos a través de la asociación Ganvam (pulse aquí).

La competencia para otorgar los distintivos ambientales es de la Dirección General de Tráfico, por lo que deberá consultarlo en dicha administración.

  • Titulares de una autorización del SER como residente, exclusivamente en su correspondiente barrio y plazas.
  • Los vehículos de dos y tres ruedas.
  • Los vehículos que tengan la clasificación ambiental de “CERO EMISIONES” en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.
  • Los vehículos que tengan la clasificación ambiental “ECO”, en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico, en los escenarios 2, 3 y 4.
  • Colectivo cualificado de titulares de vehículos comerciales e industriales del SER con autorización en vigor para vehículos con categoría “C” de clasificación ambiental en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.
  • Colectivo cualificado de titulares de vehículos comerciales e industriales del SER con autorización en vigor para vehículos con categoría “B” de clasificación ambiental en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico, hasta el 31 de diciembre de 2020.
  • Los vehículos con autorización municipal para la ocupación de la vía pública, conforme a los límites, las prescripciones y las matrículas establecidas en la autorización.
  • Los vehículos estacionados en zonas reservadas para su categoría o actividad, dentro del área de estacionamiento regulado.
  • Los vehículos autotaxi cuando se encuentren en servicio (luz verde encendida), siempre y cuando el conductor esté presente y el motor permanezca apagado, en los términos establecidos en la Ordenanza de Movilidad Sostenible. Los vehículos de arrendamiento con conductor (VTC) con servicio previamente contratado, siempre que el conductor esté presente y el motor permanezca apagado, en los términos establecidos en la Ordenanza de Movilidad Sostenible.
  • Los vehículos destinados al transporte de personas con movilidad reducida en los que se exhiba la autorización especial correspondiente.
  • Los vehículos especialmente acondicionados para emisoras de radio y televisión.
  • Servicios esenciales: vehículos de extinción de incendios, protección civil y salvamento, fuerzas y cuerpos de seguridad y ambulancias.

Se permite el estacionamiento en los ámbitos diferenciados de estacionamientos sanitarios con la regulación y tarifa establecida.

La Dirección General de Tráfico ha establecido la clasificación ambiental de las motocicletas y ciclomotores mediante los mismos distintivos utilizados para los coches, es decir CERO EMISIONES, ECO, C Y B. Por este motivo en el protocolo están sometidas a las mismas restricciones de circulación que el resto de vehículos a motor.

Los vehículos de dos y tres ruedas no están afectados por el horario y las tasas de la zona SER, así que pueden aparcar en todo momento en ella.

No, las normas de aparcamiento para residentes no se ven modificadas por la aplicación del Protocolo, así que sólo pueden aparcar donde les corresponda.

Durante el escenario 1 no hay restricciones de aparcamiento y rigen las normas habituales. Los vehículos sin distintivo ambiental no pueden aparcar en zona SER (salvo residentes en su propio barrio) ni acceder a la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección "Distrito Centro".

Sí, siempre que sea fuera del horario del SER (que puedes consultar de manera más detallada en este enlace).

Las restricciones de circulación que se aplican en los diferentes escenarios, afectan a los vehículos a motor, incluidos ciclomotores, según su clasificación ambiental establecida por la Dirección General de Tráfico.

En el escenario 2 no pueden circular en el interior de la M30 y por la M30 los vehículos sin distintivo ambiental.

En el escenario 3 no pueden circular los vehículos sin distintivo ambiental en todo el término municipal.

En el escenario 4 no pueden circular en el interior de la M30 y por la M30 los vehículos sin distintivo ambiental, ni los vehículos de clasificación B. En el resto del municipio no pueden circular los vehículos sin distintivo ambiental.

En el escenario de Alerta no pueden circular los vehículos sin distintivo ambiental ni los de clasificación B y C en todo el término municipal.

Además están exceptuados de las medidas de prohibición de la circulación los siguientes vehículos:

  • Transporte público colectivo.
  • Vehículos de profesionales cuya hora de inicio o fin de jornada laboral esté fuera del horario de cobertura del transporte público (0:00 a 6:30 horas), acreditado a través de un certificado del empleador.
  • Los vehículos con autorización municipal para la ocupación de la vía pública, conforme a los límites, las prescripciones y las matrículas establecidas en la autorización.
  • Los vehículos destinados al desplazamiento de personas con movilidad reducida en los que se exhiba la autorización especial correspondiente y siempre que se esté transportando al titular de dicha autorización.
  • Servicios esenciales: vehículos de extinción de incendios, protección civil y salvamento, fuerzas y cuerpos de seguridad y ambulancias.
  • Vehículos para limpieza y baldeo viario y vehículos para gestión de arbolado urbano, que sean esenciales para la prestación del servicio.
  • Vehículos comerciales e industriales para operaciones de distribución urbana de mercancías con masa máxima autorizada igual o inferior a 3.500 kg hasta el 31 de diciembre de 2019, inclusive.
  • Vehículos comerciales e industriales para operaciones de distribución urbana de mercancías con masa máxima autorizada superior a 3.500 kg hasta el 31 de diciembre de 2022, inclusive.
  • Grúas para el remolque de vehículos y vehículos de asistencia y de auxilio en carretera.
  • Otros (vehículos destinados al transporte de detenidos, vehículos de transporte funerario, vehículos especialmente acondicionados para emisoras de radio y televisión, vehículos de transporte de fondos y vehículos blindados de seguridad debidamente acreditados).

No respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación constituye una infracción grave recogida en el párrafo z3 del artículo 76 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, y se sanciona con multa de 200 euros.

La Policía Municipal y los agentes de movilidad se encargarán de realizar los controles oportunos. Por otro lado el Ayuntamiento cuenta con tecnología y medios automáticos para el control de la circulación y accesos de los vehículos que circulan por la ciudad.

En los escenarios 3 y 4 se recomienda la no circulación de taxis libres, excepto Eurotaxis y vehículos que tengan la clasificación ambiental de “CERO EMISIONES” o “ECO” en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico en todo el término municipal. Estos vehículos podrán estacionar en las plazas del SER, además de en sus paradas habituales a la espera de viajeros, en los términos que se establezcan en la Ordenanza de Movilidad Sostenible.

En el escenario de alerta se prohíbe la circulación de taxis libres, excepto Eurotaxis y vehículos que tengan la clasificación ambiental de “CERO EMISIONES” o “ECO” en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico, en todo el término municipal.

No. La restricción de circular dentro de la M30 te afecta en cualquier desplazamiento, independientemente de tu destino final. Recuerda que podrás circular si puedes acogerte a alguna de las excepciones que establece el Protocolo.

La restricción de circulación se activa de 6:30 a 22 horas, así que si necesitas desplazarte hacia tu lugar de trabajo de noche podrás hacerlo. Además, si tu hora de entrada o de salida al trabajo está comprendida entre las 00 y las 6:30, puedes desplazarte en tu coche antes o después, siempre que tengas un documento de tu empleador que lo acredite.

Los hospitales con ámbito diferenciado de estacionamiento sanitario, como el caso del Hospital La Paz, permiten el estacionamiento con la regulación y la tarifa establecida.

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