Servicio de Estacionamiento Regulado. SER. Horario, delimitación territorial y ámbitos diferenciados.
Ampliación del SER en el barrio de Moscardó
El SER se ha ampliado a parte del barrio de Moscardó. Puede acceder al plano de las calles afectadas en el Geoportal del Ayuntamiento de Madrid. La zona de implantación actual no abarca la totalidad de lo aprobado en el Pleno de la Junta Municipal, pero todos los residentes en el barrio pueden solicitar su autorización. Consulte en este enlace para más información.
El Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) tiene por objeto la gestión, regulación y control del estacionamiento de vehículos en determinadas zonas de la vía pública en la ciudad de Madrid, con la finalidad de racionalizar y compatibilizar el uso del espacio público y el estacionamiento de vehículos.
Horario del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER):
- Lunes a viernes, no festivos: de 9 a 21 horas.
- Sábados: de 9 a 15 horas.
- Mes de agosto (de lunes a sábado, no festivos): de 9 a 15 horas.
- Los días 24 y 31 de diciembre: de 9 a 15 horas.
- Domingos y festivos: Sin servicio.
El Ámbito territorial, denominado Área del Servicio de Estacionamiento Regulado (Área SER), se subdivide en barrios. Puede consultar si una dirección se encuentra dentro de la zona regulada: "Consulta General de Urbanismo - SER".
Plazas y Ámbitos Diferenciados del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER).
Existen diferentes tipos de plazas, verdes, azules, mixtas y de alta rotación, así como se contemplan dos Ámbitos Diferenciados, para uso disuasorio y para uso por motivos socio-sanitarios.Consulte en la documentación asociada los planos con la delimitación de las diferentes tipologías y ámbitos. También puede consultar el conjunto de datos abiertos “Zonas del Servicio de Estacionamiento Regulado SER”
Plazas verdes:
- Los usuarios con autorización de residente pueden estacionar sin límite de tiempo dentro de su barrio. En la vía delimitadora de un barrio con otro, pueden estacionar en las plazas verdes de ambas aceras.
- El resto de usuarios pueden estacionar durante un tiempo máximo de dos horas. Alcanzado este máximo, no se puede volver a estacionar en el mismo barrio hasta que no haya transcurrido una hora desde la hora de fin del estacionamiento.
Plazas azules:
- Cualquier usuario puede estacionar un tiempo máximo de cuatro horas. En las vías delimitadoras entre barrios, puede estacionar en ambas aceras siempre que haya abonado el importe correspondiente al color de la plaza. Alcanzado este máximo, no se puede volver a estacionar en el mismo barrio hasta que no haya transcurrido una hora desde la hora de fin del estacionamiento.
- Los usuarios con autorización de residente pueden estacionar de 20 a 21 horas dentro de su barrio. En la vía delimitadora de un barrio con otro, pueden estacionar en las plazas azules de ambas aceras en ese horario.
Plazas de alta rotación:
- Cualquier usuario puede estacionar siempre que el vehículo disponga de distintivo ambiental, previo pago de la tarifa correspondiente a las plazas de alta rotación, y sin perjuicio de las exclusiones a la limitación de la duración del estacionamiento y al pago de la tasa.
- En caso de estacionar en horario SER pero fuera del periodo indicado por la propia señal de alta rotación, el tique que debe adquirirse es el habitual para zona azul.
- El hecho de ser titular de una autorización SER de residente o vehículo comercial no exonera del pago.
- Las plazas están señalizadas horizontalmente mediante rectángulos de veinte por treinta centímetros de colores azul y blanco alternos, y sobre el área delimitada, por líneas poligonales en zig zag alternando colores azul y blanco.
- También se señalizan las plazas de alta rotación con señalización vertical.
- Salvo ordenación específica mediante señalización vertical, el tiempo máximo autorizado de estacionamiento será de cuarenta y cinco minutos, que una vez cumplido impedirá estacionar en plazas de alta rotación del mismo barrio hasta que hayan transcurrido treinta minutos desde el momento en que finalizara la autorización.
- Si se rebasara el límite de tiempo autorizado de estacionamiento en tiempo inferior a treinta minutos se podrá suplementar el pago por el exceso, considerándose en tal caso un estacionamiento válido, evitando con ello la infracción.
Ámbito Diferenciado Disuasorio (ADD):
- Plazas del SER ubicadas en espacios de baja ocupación residencial o rotacional, preferiblemente en las proximidades de intercambiadores de transporte o estaciones de transporte público colectivo, para favorecer el intercambio modal, disuadir del uso del vehículo privado y potenciar el uso del transporte público colectivo regular de viajeros. Las plazas están señalizadas horizontalmente mediante línea discontinua de colores naranja y azul alternos. Se le aplica una tarifa de 0,5 € hora y no hay rotación (se puede estacionar de forma continuada durante las 12 horas del servicio con abono de un único tique). En la actualidad existen varios Ámbitos Diferenciados Disuasorios: en el entorno del Paseo del Rey, en el Parque del Oeste y en la Cuesta de la Vega.
Ámbito Diferenciado Hospitalario (ADHOS):
- Por motivos socio-sanitarios se destinan a dicho uso determinadas plazas del SER ubicadas en las proximidades de los hospitales. Se le aplica una tarifa que va de los 0,05 € por 5 minutos hasta los 2,75 € por 4 horas, que es el tiempo máximo de estacionamiento en dicho ADHOS. Se señalizarán horizontalmente mediante rectángulos de veinte por treinta centímetros de colores rojo y blanco alternos. El ámbito socio-sanitario existente se sitúa en el entorno del Hospital de La Paz.
Documentación asociada
- Ambito Sanitario PDF, 333 Kbytes
- 1 Ambito diferenciado larga estancia-Plano general PDF, 2 Mbytes
- 2 Ambito diferenciado larga estancia-Parque del Oeste PDF, 778 Kbytes
- 3 Ambito diferenciado larga estancia-Templo de Debod PDF, 809 Kbytes
- 4 Ambito diferenciado larga estancia-Cuesta de la Vega PDF, 475 Kbytes