Taxi de Sustitución
1. SOLICITUD DE INSPECCIÓN DE VEHÍCULO PARA SER UTILIZADO COMO TAXI DE SUSTITUCIÓN
Las empresas autorizadas por la Comunidad de Madrid para arrendar vehículos que puedan ser utilizados por los titulares de licencia de autotaxi como vehículos autotaxi, en caso de avería o siniestro, deberán solicitar una inspección previa al inicio de la actividad de arrendamiento, aportando la siguiente documentación:
- Solicitud de inspección del vehículo que se va a arrendar, mediante instancia general normalizada (ver información relacionada para acceder al enlace), en la que se especifique la matrícula, marca y modelo del vehículo.
- Autorización de la Comunidad de Madrid para poder arrendar vehículos sin conductor para la prestación de servicio de taxi.
- Tarjeta de inspección técnica del vehículo.
- Permiso de circulación del vehículo.
Si el vehículo no se corresponde con uno de los modelos autorizados por el Ayuntamiento de Madrid, se deberá aportar:
- Ficha técnica de características del vehículo conformada por el fabricante del vehículo, o por su representante legalmente establecido, o por el servicio técnico designado, según modelo disponible del Ayuntamiento de Madrid (ver información relacionada para su descarga).
- Certificado de toma de señal taquimétrica.
INSPECCIÓN DEL VEHÍCULO
Una vez examinada y verificada la documentación presentada, el Ayuntamiento de Madrid comunicará por correo electrónico, la fecha y hora de la cita para la inspección del vehículo en las instalaciones del Ayuntamiento de Madrid (ver información relacionada para acceder al enlace).
A efectos de la inspección, los vehículos deben cumplir los requisitos establecidos en el Reglamento de los Servicios de Transporte Público Urbano en Automóviles de Turismo, la Ordenanza Reguladora del Taxi (ORT) y en las Instrucciones internas de funcionamiento de las Revisiones Municipales del año en curso, con las siguientes particularidades:
- Deberán estar identificados mediante la leyenda “TAXI SUSTITUCIÓN” en las puertas laterales y trasera.
- No podrán rebasar los 10 años de antigüedad.
Dado que el número de licencia es un dato que va a variar, en función del titular de la licencia que arriende el vehículo, en la inspección no se verificará el cumplimiento de los requisitos que conciernen a dicho dato (número de licencia del exterior del vehículo, letra identificativa del día de libranza y placas interiores).
Una vez superada la inspección de forma favorable, el Ayuntamiento de Madrid remitirá al solicitante la siguiente documentación:
- Documento justificativo del resultado de la inspección.
- Comunicación para presentar en el taller autorizado para la instalación del taxímetro y módulo luminoso.
- Comunicación para poder realizar la verificación del taxímetro y módulo luminoso en una estación ITV.
2. COMUNICACIÓN ARRENDAMIENTO DE TAXI DE SUSTITUCIÓN
En el supuesto de avería o siniestro del vehículo autotaxi, el titular de la licencia de autotaxi podrá continuar prestando servicio utilizando un vehículo arrendado por las empresas autorizadas por la Comunidad de Madrid para este propósito.
2.1. Inicio de la prestación del servicio con un vehículo arrendado.
Cuando el titular de una licencia de autotaxi contrate un servicio de vehículo arrendado como taxi debe comunicarlo al Ayuntamiento de Madrid aportando la siguiente documentación:
- Instancia general normalizada en la que se exponga que ha contratado un servicio de vehículo arrendado de taxi de sustitución indicando la matrícula del vehículo arrendado (ver información relacionada para acceder al enlace).
- Comunicación debidamente cumplimentada según modelo normalizado disponible en la web “Modelo de comunicación de inicio de sustitución por arrendamiento” (ver información relacionada para su descarga).
- Documento que justifique que el vehículo sustituido está en reparación o ha sido declarado siniestro.
- Contrato de arrendamiento del vehículo (entre el titular de la licencia y la empresa arrendadora).
2.2. Fin de la prestación del servicio de taxi con un vehículo arrendado
Una vez determinado el fin del arrendamiento, establecida la fecha en la que va a finalizar el arrendamiento, el titular de la licencia de autotaxi debe aportar la siguiente documentación:
- Instancia general normalizada en la que se exponga que finaliza el contrato del servicio de vehículo arrendado de taxi de sustitución indicando la matrícula (ver información relacionada - otros contenidos para acceder al enlace).
- Comunicación debidamente cumplimentada según modelo normalizado disponible en la web “Modelo de comunicación de fin de sustitución por arrendamiento” (ver información relacionada - otros contenidos para acceder al enlace).
REQUISITOS DURANTE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO TAXI
Además de los requisitos generales previstos en la normativa de transporte se tendrá en cuenta lo siguiente:
a) Requisitos de los vehículos arrendados.
- Disponer de taxímetro, módulo luminoso e impresora para la confección de tiques. El taxímetro se debe programar para que en los tiques de la impresora figuren los siguientes datos:
- Nombre de la empresa arrendadora.
- CIF.
- Taxi de Sustitución.
- Matrícula del vehículo arrendado.
- Estar identificados con el número de licencia de autotaxi y letra identificativa del día de libranza del vehículo averiado o siniestrado. Podrá realizarse mediante adhesivo que cumpla las especificaciones del Anexo V la Ordenanza Reguladora del Taxi.
- Disponer de la TPV del vehículo averiado/siniestrado en el vehículo de sustitución.
- Disponer de placa identificativa en el interior del vehículo en la que figuren los siguientes datos:
- Taxi de Sustitución.
- N.º de licencia de autotaxi.
- Matrícula y n.º de plazas del vehículo arrendado.
Dado el carácter temporal de la sustitución, la placa podrá ser adhesiva, así como la placa con caracteres en Braille.
b) Documentación a bordo del taxi de sustitución:
Llevará a bordo del vehículo la documentación prevista en el artículo 42 de la Ordenanza Reguladora del Taxi como si se tratase de su vehículo, y, además, los siguientes:
- Contrato de arrendamiento.
- Comunicación de arrendamiento de taxi de sustitución realizada al Ayuntamiento de Madrid.
- Documento que justifique que el vehículo sustituido está en reparación o ha sido declarado siniestro.
Información relacionada
- Instancia General Normalizada
- Comunicación Interesado Inicio Sustitución
- Modelo de comunicación de fin de sustitución por arrendamiento
- Ficha caracteristicas comunes
- Inspecciones vehículos Base Municipal
- Decreto 271/2023, de 20 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 74/2005, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Transporte Público Urbano en Automóviles de Turismo.