Documentos a bordo del vehículo de autotaxi
Se deberá llevar a bordo del vehículo autotaxi, además de los obligatorios para cualquier tipo de vehículo y para el conductor, los siguientes documentos:
- Licencia de autotaxi.
- Permiso de circulación del vehículo.
- Tarjeta de inspección técnica en vigor.
- Boletín de control metrológico.
- Póliza y recibo de pago del seguro que cubra en una cuantía no inferior a 50 000 000 de euros la responsabilidad civil por los daños que se causen con ocasión del transporte.
- Permiso de conducir.
- Permiso municipal de conductor de autotaxi.
- Tarjeta de identificación del conductor.
- Libro de Reclamaciones.
- Un ejemplar del Reglamento de los Servicios de Transporte Público Urbano en Automóviles de Turismo de la Comunidad de Madrid (Decreto 74/2005, de 28 de julio).
- Un ejemplar de la Ordenanza Reguladora del Taxi aprobada por Acuerdo de Pleno de la ciudad de Madrid de fecha 28 de noviembre de 2012.
- Callejero, plano y listado de las direcciones y emplazamientos de casas de socorro, servicios sanitarios, comisarías de policía, bomberos y demás servicios de urgencia, en formato papel o electrónico.
- Un ejemplar oficial de la tarifa vigente en lugar visible para los usuarios.
- Documento acreditativo de haber tramitado la revisión administrativa anual.
- En caso de tener instalada mampara, la autorización municipal.
- Justificante de pago efectuado a través del TPV en el que esté reflejado el número de la licencia de taxi y/o el nombre y apellidos de su titular, de reciente expedición.