COVID-19 Autorización pantallas flexibles de protección en vehículos TAXI

Resolución de la Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación por la que se autoriza la instalación provisional de pantallas plásticas flexibles en vehículos autotaxi para protección frente al COVID-19

Se autoriza la colocación de pantallas plásticas flexibles que no estén incluidas en la categoría de reforma de vehículos como separación la zona del habitáculo de los pasajeros y del conductor siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

  • Su instalación no sea fija y puedan ser, por tanto, instaladas y desinstaladas sin necesidad de herramientas.
  • El material del que estén hechas sea flexible, de manera que su instalación no afecte al normal funcionamiento ni de los airbags de seguridad ni de los sistemas de retención del vehículo.
  • Dicho material sea transparente, y su instalación respete los espacios de interconexión entre los habitáculos de las plazas delanteras y traseras, de forma que no se vea dificultada ni la comunicación verbal con los usuarios ni el pago del servicio desde el interior del vehículo.
  • La colocación de estos accesorios tiene carácter voluntario, siendo los titulares de las licencias responsables de su colocación y retirada y de devolver a su estado original los vehículos una vez finalizado el periodo de instalación autorizado.

 Esta autorización estará en vigor hasta su derogación expresa.

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