Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro. Trabajadores con horario nocturno de establecimientos en el interior de la zona
VEHÍCULOS PERMITIDOS
Las personas trabajadoras de establecimientos en el interior de la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro cuyo horario de entrada o salida del lugar de trabajo se encuentre comprendido entre las 00:00 y las 06:30 horas podrán acceder con un único vehículo (sea turismo, ciclomotor, motocicleta o vehículo de tres ruedas asimilado), para lo que deberán facilitar su matrícula, que podrán cambiar cuando así lo precisen.
Se establece el siguiente calendario de restricción de acceso a la ZBEDEP Distrito Centro para los vehículos a motor con al menos cuatro ruedas y con MMA no superior a tres mil quinientos kilogramos en función de la categoría de clasificación ambiental:
Inicial | Desde el 2024 |
Acceden los 0 EMISIONES, ECO, C y B | Acceden los 0 EMISIONES, ECO y C |
GESTIONES
Podrán darse de alta en el sistema de gestión de accesos a Distrito Centro (SGDC).
Para ello deberán dirigirse, con cita previa, a la Oficina de Atención Especializada a la Ciudadanía de la ZBEDEP Distrito Centro, debiendo aportar la siguiente documentación:
- Contrato de trabajo y nómina en la que se plasmen retribuciones en concepto de nocturnidad u horario a turnos.
- Documento o certificado firmado por el representante legal de la empresa ubicada en el interior de ZBEDEP Distrito Centro en el que conste el horario nocturno que realiza el trabajador. El documento deberá tener una antigüedad máxima de 2 meses.
El permiso se concederá por un periodo máximo de doce meses desde la fecha de su concesión y la renovación del mismo se producirá siempre bajo petición expresa del interesado, el cual deberá presentar la documentación actualizada solicitada en el párrafo anterior y cumplir con los requisitos de acceso a la ZBEDEP Distrito Centro.