Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Plaza Elíptica. Preguntas frecuentes

Cuestiones frecuentemente formuladas en relación con la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección de Plaza Elíptica.

En cualquier caso, el establecimiento de un período de aviso en Madrid ZBE no será de aplicación a la ZBEDEP Plaza Elíptica, cuyas restricciones de acceso y circulación entraron en vigor el 22 de febrero de 2022, tras el correspondiente periodo de aviso de dos meses.

La Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Plaza Elíptica, de conformidad con la regulación establecida mediante la modificación de la Ordenanza de Movilidad Sostenible aprobada con fecha 13 de septiembre de 2021, entró en vigor el pasado 22 de diciembre de 2021 y ha funcionado durante dos meses en fase de aviso (El periodo de aviso finalizó, por tanto, el 22 de febrero). Si usted accede a fecha de hoy sin distintivo medio ambiental, recibirá una sanción. Sí tienen permitido entrar, estacionar y circular en la ZBEDEP Plaza Elíptica los vehículos con etiqueta B y C, Eco y Cero.

La resolución de 25 de febrero de 2022 de la directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación por la que se prorroga el periodo de aviso establecido mediante Resolución de 17 de diciembre de 2021 por el plazo de dos meses contados desde las 00:00 horas del día 1 marzo de 2022 hasta las 00:00 horas del día 1 de mayo de 2022, aplica a Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE) y no se aplica a la ZBEDEP Plaza Elíptica. El periodo de aviso de la ZBEDEP Plaza Elíptica concluyó el 22 de febrero de 2022 y no ha sido objeto de prórroga, por lo que las restricciones de acceso a la ZBEDEP Plaza Elíptica se encuentran plenamente operativas.

La regulación principal de la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Plaza Elíptica se encuentra en el artículo 24 y el anexo IV de la Ordenanza de Movilidad Sostenible de 5 de octubre de 2018, modificada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid el 13 de septiembre de 2021.

Desde del 21 de marzo de 2022, con la entrada en vigor la Ley 18/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en materia del permiso y licencia de conducción por puntos, el acceso no permitido a la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Plaza Elíptica constituye una infracción grave recogida en el párrafo z3 del artículo 76 de dicha Ley, y será sancionado con multa de 200 euros.

 

No. Las únicas excepciones autorizadas son:

  • Los vehículos para ser conducidos por o trasladar a personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida (TEPMR) siempre que figuren de alta como autorizados en el Sistema de Gestión de Accesos.
  • Los vehículos Históricos en los términos regulados por el Registro de Vehículos Históricos (RVH) de la Dirección General de Tráfico (DGT).
  • Los vehículos de extinción de incendios.
  • Los vehículos de las Fuerzas Armadas.

Sí, solo si su vehículo tiene categoría ambiental "B", "C", "ECO" o "0 emisiones".

No, en el caso de que su vehículo no disponga de clasificación ambiental.
A partir del 1 de enero de 2025 solamente pueden acceder los siguientes vehículos sin clasificación ambiental:

  • Los vehículos para ser conducidos por o trasladar a personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida (TEPMR) siempre que figuren de alta como autorizados en el Sistema de Gestión de Accesos.
  • Los vehículos Históricos en los términos regulados por el Registro de Vehículos Históricos (RVH) de la Dirección General de Tráfico (DGT).
  • Los vehículos de extinción de incendios.
  • Los vehículos de las Fuerzas Armadas.

Si el vehículo tiene distintivo ambiental "B", "C", "ECO" o "0 Emisiones", puede acceder sin realizar ningún trámite.

No, si su vehículo no dispone de clasificación ambiental.

 

Las medidas de restricción de tráfico adoptadas en caso de activarse el "Protocolo de actuación para episodios de contaminación por dióxido de nitrógeno" tienen el carácter medidas extraordinarias, y, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza de Movilidad Sostenible, prevalecen sobre otros regímenes de circulación previstos en dicha norma, y, en concreto sobre las disposiciones relativas a la circulación en la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección "Plaza Elíptica".

El acceso a la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección "Plaza Elíptica" no está condicionado al tipo de combustible, sino que el criterio de acceso se determina en función de la clasificación de los vehículos por su potencial contaminante, es decir, los distintivos ambientales de la DGT.

Etiquetas

Desde 2016, la DGT clasifica a los vehículos en función de su poder contaminante. Existen cinco categorías:

EtiquetasDGT

Puedes ampliar la información pulsando aquí.

Sí, puede consultarlo a través del siguiente enlace que dispone la página web de la Dirección General de Tráfico: https://sede.dgt.gob.es/es/vehiculos/informacion-de-vehiculos/distintivo-ambiental/

Es tan sencillo como escribir la matrícula en el recuadro que indica 'Introducir matrícula'.

Desde el 24 de abril de 2019 es obligatorio para poder circular por Madrid, según se establece en la Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid.

Para proteger la salud humana y el medio ambiente, frente a la contaminación, y posibilitar el cumplimiento de los valores límite y los umbrales de calidad del aire conforme a lo previsto en la Directiva 2008/50/CE, de 21 de mayo de 2008, relativa a la Calidad del Aire y a una Atmósfera más Limpia en Europa, el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la Mejora de la Calidad del Aire y la Ordenanza de Calidad del Aire y Sostenibilidad.

Aquí tiene el perímetro de la ZBEDEP de Plaza Elíptica. Las vías del perímetro son de libre circulación.

No. Todos los viales interiores están restringidos.

Además, debe tener cuidado si circula en sentido Madrid por la A-42 (carretera de Toledo), puesto que a partir de un punto no podrá evitar atravesar Plaza Elíptica dada la ordenación del tráfico existente. Eche un vistazo a los mapas que le ofrecemos.

Podrá acceder con su turismo si forma parte de alguno de los colectivos y en las circunstancias excepcionadas, o en los siguientes casos:

Podrá acceder con su ciclomotor o motocicleta si forma parte de alguno de los colectivos y en las circunstancias excepcionadas, o en los siguientes casos:

Nada, si dispone de un vehículo con distintivo ambiental "B", "C", ECO o "0 emisiones". Todos estos vehículos no están sujetos a ninguna restricción de acceso, con independencia del domicilio de empadronamiento.

No existe ninguna excepción a las restricciones de acceso que tenga que ver con la propiedad de una vivienda, las restricciones tienen en cuenta la clasificación ambiental del vehículo.

No existe ninguna excepción a las restricciones de acceso que tenga que ver con la propiedad de una plaza de garaje. Por tanto, salvo que cumplas con alguna otra de las excepciones previstas:

  • Si tu vehículo dispone de distintivo ambiental "B", "C", "0 Emisiones" y ECO podrás circular y estacionar sin restricciones específicas.
  • Por el contrario, si tu vehículo no dispone de clasificación ambiental (categoría ambiental "A") no podrá acceder.

No existe ninguna excepción a las restricciones de acceso a la ZBEDEP "Plaza Elíptica" que tenga que ver con el alquiler de una plaza de garaje.

No existe ninguna excepción a las restricciones de acceso a la ZBEDEP "Plaza Elíptica" que tenga que ver con la prestación de servicios profesionales.

Sí, las personas con movilidad reducida podrán acceder con cualquier vehículo. Si no hubiera solicitado aún el alta deberá hacerlo para poder facilitar la matrícula del vehículo con el que vaya a acceder. Esta matrícula podrá ser modificada una vez al día. Para más información consulte Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro. Titulares de tarjeta de estacionamiento para personas de movilidad reducida (TEPMR) - Ayuntamiento de Madrid.

El vehículo autorizado será único en todo momento y con él podrá acceder a Madrid ZBE, ZBEDEP Distrito Centro, ZBEDEP Plaza Elíptica y estacionar en las reservas de carga y descarga. La elección de matrícula, independientemente del medio que utilice para realizarlo, tendrá efecto en todos los sistemas de información. Así, por ejemplo, aunque no vaya a estacionar en una reserva de carga y descarga, puede usar la aplicación móvil para comunicar que es otro vehículo el que le traslada y así evitar sanciones en las Zonas de Bajas Emisiones. Análogamente, si cambia la matrícula desde el Sistema de Gestión de Autorizaciones de ZBEDEP Distrito Centro, ese será el vehículo para el que podrá obtener tique en la aplicación móvil. Al margen del medio utilizado, solo será posible realizar un cambio de matrícula al día.

Si la lleva al colegio en un vehículo con distintivo ambiental "B", "C", "ECO" o "0 emisiones" no tiene que solicitar permiso y puede circular libremente por la ZBEDEP "Plaza Elíptica".

En caso de disponer de un vehículo con matrícula extranjera, para poder acceder a la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección de Plaza Elíptica es preciso poder conocer la categoría ambiental del vehículo o hacer la equivalencia con las categorías existentes. Debe darse de alta e indicar la matrícula del vehículos en el Sistema de Gestión de Permisos de ZBEDEP Distrito Centro. El permiso generado será válido en ambas ZBEDEP y en Madrid ZBE. Puede consultar este enlace.

 

Desde el 21 de marzo de 2022, con la entrada en vigor la Ley 18/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en materia del permiso y licencia de conducción por puntos, el acceso no permitido a la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Plaza Elíptica constituye una infracción grave recogida en el párrafo z3 del artículo 76 de dicha Ley, y será sancionado con multa de 200 euros.

Podrá pedir cita previa para ser atendido en la Oficina de Zonas de Bajas emisiones llamando al 010-Línea Madrid o en línea a través de la web en el siguiente enlace:

https://www.madrid.es/citaprevia   

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