Gestión de muestras de servicio público en el Laboratorio de Salud Pública

Con el fin de evitar molestias indebidas a los denunciantes o reclamantes, se admitirán directamente en el Laboratorio de Salud Pública las muestras de servicio público de las que se derive interés para la salud pública y defensa de los consumidores y usuarios, y pudieran conllevar actuación inspectora, teniendo en cuenta en este caso las siguientes consideraciones:

  • La persona que solicite el análisis de un producto expondrá los motivos de su solicitud y cumplimentará el impreso normalizado destinado a tal efecto, si es necesario será asistida por el funcionario competente. El solicitante acompañará a la solicitud del tique o factura del producto, en el caso de agua envasada y sólo de forma excepcional se admitirán las muestras sin estos justificantes de compra. 
  • Si el responsable de Gestión de Muestras del Laboratorio de Salud Pública considera que la muestra tiene carácter de muestra de servicio público, aceptará la muestra, acordará los contenidos analíticos, dará las órdenes precisas para el registro y decidirá la distribución de la muestra.
  • Una vez terminados los ensayos el informe técnico se remitirá al departamento municipal correspondiente.
  • Los Servicios de Inspección actuarán según sea procedente, aún en el caso de no haberse recibido los resultados analíticos.
  • Estas muestras estarán exentas del pago de la correspondiente tasa por prestación de Servicios del Laboratorio de Salud Pública.

Muestras analizadas de interés particular

El Laboratorio de Salud Pública tiene establecida una Cartera de Servicios en relación a los parámetros analíticos del agua de consumo y está acreditado mediante la norma UNE-ISO 17025 por ENAC. Así mismo se ofertan ensayos autorizados por la Comunidad de Madrid según certificado de inscripción en el Registro de Laboratorios de la Comunidad de Madrid.

El Laboratorio puede atender, por tanto, solicitudes analíticas particulares, cumplimentando unas tasas municipales correspondientes a la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios de Higiene y Salud Pública,  aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento y desarrolladas en la actualidad en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid de fecha 21 de diciembre de 2006.

Subir Bajar