Aportación económica para el pago del servicio de comedor escolar.

Finalidad: garantizar una correcta alimentación de los menores en aquellos casos en los que los Servicios Sociales Municipales del Ayuntamiento de Madrid detecten menores escolarizados en la ciudad de Madrid cuyas familias, aun reuniendo los requisitos exigidos para poder resultar beneficiarios de la beca de comedor escolar, no dispongan de suficientes recursos económicos para abonar la totalidad del precio del menú escolar vigente. 

Procedimiento de la prestación

A instancia de la persona beneficiaria, previa cita con el/la trabajador/a social el centro de servicios sociales.  

Previo a este trámite será preciso que la persona haya solicitado la beca de comedor escolar de la Comunidad de Madrid y ser beneficiario de la misma. 

Requisitos

Los establecidos en:  

-Orden anual por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de las becas de comedor escolar, durante el período lectivo del curso correspondiente. 

 -Acuerdo del Consejo de Gobierno de 17 de mayo de 2023, por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de becas para comedor escolar para alumnos escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid. 

 -Convenio de colaboración de 13 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (a través de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y el Ayuntamiento de Madrid (a través del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad), por el que se regula la gestión del pago de la aportación económica del Ayuntamiento de Madrid al servicio de comedor para los alumnos escolarizados en los centros docentes no universitarios de la Comunidad de Madrid sostenidos con fondos públicos para el curso 2023-2024.  

Subir Bajar