Factura de electricidad

¿Cómo entender la factura de electricidad?

La factura de electricidad está formada por dos grandes conceptos: un coste fijo por disponer de electricidad, que se paga por cada kW de potencia contratada y, por otro lado, el coste de la electricidad consumida en los diferentes tramos horarios que tenga nuestra tarifa, la energía activa.

A esto hay que añadirle otros conceptos (impuestos, alquiler del contador, otros servicios…).

  • En el mercado regulado (PVPC) todas las compañías (se llaman Comercializadoras de Referencia, y sólo hay 8) estructuran de la misma manera las facturas. Esto está regulado por ley (por eso se llama mercado regulado).

  • En el mercado libre, las tarifas pueden ser tan diferentes como quieran las comercializadoras (tarifas planas, horarios especiales, etc.) y también tienen libertad para presentar la factura como quieran, aunque deben incluir unos contenidos mínimos.

Desde el 01 de junio de 2021, todos los contratos con potencia < 15 kW, tanto en el mercado libre como en el regulado, tienen la tarifa 2.0TD.

Desde esa fecha todos los contratos tienen dos tramos de potencia (P1 y P2) y tres tramos de energía con discriminación horaria (P1, P2 y P3) o (E1, E2 y E3).

La factura de electricidad está compuesta por los siguientes conceptos:

 

Término de potencia

Término de potencia en la factura.

Fuente:CYE Energía


Es el importe que se paga por la potencia contratada. En este apartado se desglosa en los siguientes conceptos:

  • Potencia contratada: es la potencia (kW) que tenemos disponible en nuestro suministro

  • Precio de potencia: es el coste de la potencia para cada kW contratado y día (€/kW/día)

  • Días del periodo facturado: periodo de tiempo transcurrido desde la última factura hasta la actual

El importe es el resultado de multiplicar: potencia contratada x precio de potencia x días facturados. En la factura, el importe a pagar aparece dividido en las franjas horarias punta y valle.

Es posible tener dos potencias contratadas, una para el periodo punta y otra para el valle. Ajustar bien la potencia a tus necesidades es una de las medidas para reducir la factura.

 

Término de energía

Término de energía en la factura.

Fuente: CYE Energía

 

Es el importe que pagamos por los kilovatios hora (kWh) consumidos. Se desglosa en los siguientes conceptos:

  • Energía consumida: es la cantidad de kWh consumidos durante el periodo facturado

  • Precio de energía: es el coste de cada kWh consumido

El resultado se calcula multiplicando el número de kWh consumidos x precio del kWh. También se establecen por separado los cálculos para los periodos punta, llano y valle.

 

Alquiler de equipos

Imagen parcial de una factura de la luz

Alquiler de equipos en la factura.

Fuente: CYE Energía

 

Cuando el contador de la vivienda no pertenece al usuario, éste debe pagar una cuota en concepto de alquiler a la distribuidora de la zona, que es la propietaria del contador.

 

Impuesto sobre la electricidad

Imagen parcial de una factura de la luz

Impuesto electricidad en la factura.

Fuente: CYE Energía

 

Normalmente, este impuesto grava un 5,113 % la suma del término de potencia y de energía, pero tras las medidas adoptadas por el Gobierno en el Real Decreto-Ley 17/2021, se establece una reducción al 0,5% del Impuesto sobre la Electricidad, que se mantendrá hasta el 30 de abril de 2022.


Impuestos

Imagen parcial de una factura de la luz

IVA en la factura.

Fuente: CYE Energía

 

Tras bajadas y subidas del IVA desde 2022, actualmente la factura eléctrica tiene u Impuesto de Valor Añadido (IVA) del 21%. Sin embargo está vigente hasta el 31 de diciembre de 2024 una bajada automática al 10% cuando el precio supere los 45 €/MWh (para consumidores con hasta 10 kW de potencia contratada). Los detalles de la aplicación se regulan en el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía

El Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE), desde julio de 2024 es del 5,11%, mientras que el Impuesto que grava el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica (IVPEE), es del 7%.


Código QR

La información que debe incorporar el código QR que encontramos en nuestra factura desde septiembre de 2021 es la siguiente:

  • Datos del consumidor (código postal, potencia contratada, consumo por periodos horarios de cada peaje de transporte y distribución en el último año) necesarios para poder valorar el importe anual de la facturación que resultaría de contratar las ofertas disponibles en el comparador.

  • Posibles penalizaciones: con la información de la fecha hasta la que se aplica la penalización, en caso de que la hubiera por cancelación anticipada del contrato.

  • Parámetros: consumo en el periodo de facturación, el importe total de la factura, de los servicios adicionales, de excedentes de autoconsumo y del resto de conceptos. La finalidad de este punto es poder realizar una comparativa precisa, según los conceptos incorporados en la factura.

  • Otros datos: Información sobre CUPS, la comercializadora y la potencia máxima demandada.

Este código, al ser leído por un dispositivo móvil, llevará al consumidor de forma inmediata al comparador de ofertas de luz y gas de la CNMC.


CUPS (Código Unificado de Punto de Suministro)

Es un dato fundamental para identificar el suministro. Aunque algunas compañías permiten el cambio de compañía solo a partir de la dirección lo más seguro es identificar siempre su suministro a partir del número CUPS.

 

Facturación por potencia contratada

Es el término fijo de tu factura, lo que vas a pagar, aunque no consumas nada. No es idéntica todos los meses porque se cobra por días y hay meses de 28, 30 o 31 días.

 

Facturación por energía consumida

Se compone de los datos de consumo (kW/h) para cada uno de los dos o tres tramos de discriminación horaria. Tendremos, por tanto, datos de consumo correspondientes a los periodos E1, E2 y/o E3.

 

Importe por peajes y cargos

Se cobran para cada periodo, Punta y Valle. Según el BOE, se deben mostrar sumados, pero algunas comercializadoras los desglosan cobrando por un lado peajes y, por otro, cargos en cada horario.

 

Además...

Si tienes instalados paneles fotovoltaicos, la factura deberá incluir el concepto Facturación por Energía Excedentaria (en forma de descuento en la factura con un importe negativo) y, si es necesario por tener excedentes superiores al límite que puede compensar por el consumo de ese mes, aparecerá un nuevo concepto denominado Ajuste de compensación por autoconsumo.

Por último, a todo esto, hay que sumarle el coste del alquiler del contador (salvo que éste sea de tu propiedad), el impuesto de la electricidad y el IVA .


Igualmente, si tienes el Bono Social, en el detalle de la factura aparecerá el concepto Descuento por el Bono social, que reflejará el % de descuentos aplicable y los importes sobre los que se aplica el descuento (término fijo y consumo). Los descuentos son los siguientes:

De un 25% para consumidores vulnerables que cumplan los requisitos establecidos. De un 40% para consumidores vulnerables severos que cumplan los requisitos establecidos.


Si además se es un consumidor en riesgo de exclusión social, porque se está siendo atendido por los servicios sociales de una administración autonómica o local que paguen al menos el 50% de la factura, no se tendrá que hacer frente a la factura eléctrica y, en caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), aprobó el Real Decreto por el que se modifica la metodología de cálculo del Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC), la tarifa eléctrica regulada, a la que están acogidos unos nueve millones de consumidores, alrededor del 34% de todos los domésticos.

La nueva fórmula de cálculo, que entró en vigor a partir del 1 de enero de 2024, incorpora parcialmente las señales de precio a largo plazo, lo que suponeun impulso a la contratación de electricidad en estos mercados, así como una reducción de la volatilidad en las facturas de hogares y micropymes españoles, especialmente acusada desde que comenzó la guerra de Ucrania.

Hasta el momento de la aprobación de este real decreto, el PVPC, introducido por la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico y regulado en el Real Decreto 216/2014, se caracterizaba por ser un precio dinámico totalmente indexado al mercado mayorista diario de la electricidad que reflejaba el coste de producción de la energía eléctrica, los peajes de acceso y los cargos y costes de comercialización.

Con esta reforma del PVPC se lleva a cabo una desindexación parcial de los mercados al contado, al incorporar referencias de los mercados de futuros que aportarán más estabilidad a las facturas finales de los consumidores. Esta incorporación de los futuros será gradual: representarán el 25% en 2024, el 40% en 2025 y el 55% en 2026.

Las referencias de precios de los mercados de futuros, a su vez, está integrada por una cesta de productos a plazo con distinto horizonte temporal: el 10% correspondería al producto mensual, el 36% al producto trimestral y el 54% al producto anual.

La nueva metodología preserva la señal de precios horarios al mantener el diferencial resultante de la casación del mercado diario, lo que contribuye a fomentar patrones de consumo eficientes para aprovechar las horas más baratas.

Por último, en cumplimiento de la Directiva 2019/944 de mercado interior de electricidad, a partir del 1 de enero de 2024 se pueden acoger a la tarifa regulada hogares y micropymes, que tendrán que certificar su condición a través de una declaración responsable, con una potencia contratada menor o igual a 10 KW.

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