Compulsa en las oficinas de Registro del Ayuntamiento de Madrid

Consiste en la comparación de una copia con un original, ambos presentados por el interesado, con el objeto de comprobar que son idénticos.

El cotejo o compulsa se refiere a los documentos aportados por los interesados junto con sus solicitudes. En el caso del Ayuntamiento de Madrid, sólo se practicará compulsa cuando la copia compulsada vaya a acompañar a solicitudes, escritos y comunicaciones que se presenten en las Oficinas de Registro, siendo este servicio gratuito.

El Registro no estará obligado a compulsar copias de documentos originales cuando dichas copias no acompañan a las solicitudes presentadas.

No será necesaria la compulsa de documentos presentados cuando el registro se realice mediante digitalización de documentos originales, toda vez que la imagen escaneada tendrá el mismo valor que el original al disponer del Código Seguro de Verificación (CSV) y la firma electrónica del Ayuntamiento de Madrid como Organismo de la Administración.

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