Servicio de alertas o suscripción a través de SMS que se facturan sin haberlas contratado el usuario

En la prestación de servicios de contenidos a través del móvil se distinguen los que se contratan por una sola vez (melodías, logotipos, etc.), de aquellos que implican la contratación de una serie sucesiva de mensajes (alertas, suscripciones)

Está prohibida la prestación de este tipo de servicios sin la petición previa del usuario y su confirmación por el prestador.

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