Persona consumidora vulnerable severa

Persona consumidora vulnerable severa

Se considerará, que una persona es consumidor/a vulnerable severo/a cuando se reúnan alguna de las siguientes condiciones:

  1. Que el nivel de renta sea igual o inferior al 50% de lo requerido para la persona consumidora vulnerable, en cada una de las condiciones correspondientes.
  1. que estando en posesión del título de familia numerosa, su renta sea igual o inferior a 2 veces el IPREM (15.039,18 €/año)
  1. que percibiendo el/la consumidor/a o la unidad familiar la pensión mínima del Sistema de la Seguridad Social, por jubilación o incapacidad permanente, ( y que en el caso de percibir otros ingresos, la cuantía agregada anual no supere los 500 euros), su renta sea igual o inferior a 1 vez el IPREM (7.519,59 €/año).

Además, el/la consumidor/a que cumpliendo los requisitos para ser “consumidor/a vulnerable severo/a”, sea atendido por los servicios sociales de una administración autonómica o local que financie al menos el 50% del importe de su factura será considerado “consumidor/a en riesgo de exclusión social”, y su suministro no podrá ser interrumpido.

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