Cómo dar de alta el suministro

El suministro de energía eléctrica es la entrega de la energía a nuestro punto de suministro a través de las redes de transporte y distribución de manera regular y en unas condiciones de calidad.

Cuando se da de alta un suministro, debemos realizar dos actuaciones distintas: por un lado, tenemos que solicitar el acceso a la red de la distribuidora en la zona para que nos suministren la energía y por otro, debemos firmar un contrato de suministro con la comercializadora.

El punto de suministro es único para nuestra instalación y vivienda y viene identificado en la factura y en el contrato con un número, que es el CUPS (código unificado de punto de suministro).

Su empresa distribuidora se encargará de las labores de mantenimiento de las instalaciones de distribución de la electricidad, de darle acceso al sistema eléctrico y de sus problemas con el contador. En su factura, debe venir indicada la que le corresponde según la zona en la que viva.

Su empresa comercializadora se encargará de adquirir la energía para suministrársela en su vivienda. Es la empresa con la que firmará el contrato de suministro, le emitirá las facturas o con la que podrá negociar un cambio de tarifa. 

Todas las viviendas deben poseer un certificado de la instalación eléctrica (conocido como Boletín Eléctrico) que reúne las características técnicas de la instalación y la potencia que soporta. 

Dar de alta el suministro de la luz tiene un coste para el consumidor que deberá abonar, en función de cada caso, las labores de enganche, verificación de la instalación, acometida o las actuaciones sobre los equipos de medida, entre otros.

En el caso de que haya comprado una vivienda y necesite contratar el suministro, puede encontrarse en una de estas tres situaciones:

Cambio de titular: subrogación del contrato

Sucede cuando el consumidor se subroga a un contrato ya existente. No conlleva ningún coste, salvo que quiera cambiar la potencia contratada, entonces deberá pagar por determinadas labores de verificación y actuación en los equipos de medida, en función de si aumenta o disminuye la potencia.

En este caso mantendrá el CUPS del punto de suministro.

Cambio de contrato de suministro

Se produce cuando el titular anterior rescinde el contrato de suministro y debemos proceder a dar de alta un nuevo contrato. En este caso, se mantiene el CUPS que tenía la instalación y se abonan los gastos de darle acceso a la red y de extensión (sólo si caducaron).

Alta de punto de suministro y contrato de suministro

Sucede cuando compramos una vivienda nueva y debemos establecer un nuevo punto de suministro y un contrato.

En este caso nos corresponderá pagar por las labores de acometida, incluyendo las actuaciones de extensión y acceso a red, así como los gastos de enganche, verificación y actuación en equipos de medida.

El CUPS será nuevo, en el contrato deberemos indicar la potencia que queremos contratar, y nos tendrán que facilitar el boletín eléctrico de la vivienda.

Si hace un cambio en la instalación eléctrica de su vivienda, debe solicitar al técnico que le emita el certificado de la instalación (conocido como Boletín Eléctrico de la vivienda).  Será necesario si quiere cambiar la potencia después.

Las compañías deben ofrecernos un suministro de calidad. Por lo que las interrupciones que se produzcan en las instalaciones no pueden superar ni en número ni en tiempo unos límites establecidos.

En caso de suspensión de suministro por impago, deben reponerle el servicio 24 horas después del pago de lo adeudado.

     

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