La Ciudad de Madrid cumple con todos los criterios vigentes de calidad del aire - Ayuntamiento de Madrid
En 2007 el número de superaciones del valor límite diario de partículas en suspensión, establecido en 50 microgramos, fue de 28

La Ciudad de Madrid cumple con todos los criterios vigentes de calidad del aire

Nota de prensa 27/03/2008
  • España comparte con otros países un fenómeno atmosférico especial: el aire del Norte de África, que introduce cantidades de polvo en suspensión de origen natural, menos dañinas para la salud que las procedentes de actividades humanas
  • La legislación vigente establece el valor medio anual en 40 microgramos y permite la superación del límite diario de 50 microgramos en 35 ocasiones

El Ayuntamiento de Madrid cumple con todas las obligaciones establecidas  en la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera. La Ciudad cuenta con una Red de Control de  Calidad del Aire de las más avanzadas de Europa, tanto por el número de estaciones de medición (27) como por la fiabilidad de los datos que ofrece. En 2007, el valor medio de partículas en suspensión fue de 30 microgramos y el número de superaciones de valor límite diario, establecido en la legislación en 50 microgramos, fue de 28.

De las estaciones medidoras se extraen los valores medios sobre los distintos contaminantes del conjunto de la red, tal y como establece la legislación, es decir, se considera la media del total de las estaciones y no los datos de cada estación individualizadamente. La norma obliga a medir considerando la ciudad como zona única, ya que sólo así se obtiene una representación fiable del verdadero estado del aire.

Datos de partículas en suspensión
Respecto a las partículas en suspensión, España comparte con otros países del sur de Europa un fenómeno atmosférico especial: las intrusiones de aire procedente del Norte de África, que traen importantes cantidades de polvo en suspensión de origen natural, menos dañinas  para la salud que provienen de las actividades humanas.

Cuando dichas intrusiones se producen, la propia legislación permite descontar un determinado porcentaje de las partículas medidas en la red municipal. El objetivo es que el sistema de medición funcione correctamente y sea homologable con países del norte europeo que no padecen ese fenómeno.

El balance definitivo del 2007, una vez recibidos del Ministerio de Medio Ambiente los datos que marcan los porcentajes a descontar sobre los valores medios diarios de partículas en suspensión, es el siguiente:
 
En 2007 el valor medio fue de 30 microgramos y el número de superaciones del valor límite diario, establecido en la legislación en 50 microgramos, ha sido de 28. La legislación vigente (RD 1073/2002) establece  el valor medio anual en 40 microgramos y permite la superación del límite diario de 50 microgramos en 35 ocasiones./  
 

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