Becas de ayuda al estudio de acciones formativas no presenciales 2020-2021

El objeto de las ayudas reguladas en la presente convocatoria es el fomento de la formación para el empleo en su modalidad no presencial, organizada por la Agencia para el Empleo de Madrid para los años 2020 y 2021, incluidas las actividades formativas vinculadas a Planes de Barrio y Fondo de Reequilibrio Territorial en este periodo cuyo inicio se produzca entre el 1 de enero de 2020 y el 30 de septiembre de 2021, ambos incluidos y dirigida a desempleados de la ciudad de Madrid inscritos como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid.

La presente Convocatoria tiene por finalidad la concesión de becas de ayuda al estudio, a fin de incentivar la participación de personas desempleadas en acciones formativas no presenciales organizadas por la Agencia, con el objetivo de capacitar para el desempeño de una actividad laboral, coadyuvando así a minimizar los obstáculos que impiden a las personas participantes finalizar con éxito la formación recibida y, por tanto, adquirir los conocimientos.

Podrán ser beneficiarios/as de las subvenciones:

Las personas desempleadas que participen en los cursos de formación para el empleo organizados por la Agencia para el Empleo de Madrid, en su modalidad no presencial, que completen una duración mínima de 50 horas de uno o varios cursos.  En la solicitud de ayuda se detallarán los cursos realizados con las horas correspondientes, teniendo que sumar como mínimo 50h para poder proceder a su tramitación.

Los beneficiarios/as de la subvención deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Haber sido alumno/a y haber obtenido la calificación de apto/a, dentro del plazo establecido, en los cursos incluidos en la presente convocatoria, con arreglo a lo recogido en el artículo 1 de la presente convocatoria.
  2. Figurar inscrito/a como demandante de empleo en una oficina del servicio público de empleo, a la fecha de inicio de la acción formativa en la que participó.
  3. Estar empadronado/a en el municipio de Madrid.
  4. No ser perceptor/a de ninguna otra ayuda pública con la misma finalidad.
  5. Estar desempleado/a a la fecha de inicio de la acción formativa en la que participó.

La cuantía de la beca de ayuda al estudio queda establecida en:

  • 100 euros para alumnos/as que acrediten la realización de 50 horas de formación en uno o varios cursos objeto de esta convocatoria.
  • 2 euros por cada hora adicional, hasta un máximo de 1.200 euros por alumno para el conjunto de la presente convocatoria.
  • Sobre la cantidad resultante se efectuará una retención del 2% a cuenta del IRPF.

Para más información consultar la información relacionada. 

Documentación asociada

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