2. Petición de Certificación
En línea: a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento (requiere el uso de alguno de los Certificados Electrónicos admitidos) Para realizar el trámite, pulse el enlace disponible en el apartado 'Tramitar - En línea'.
Presencialmente: en los registros de los Distritos, en los restantes registros del Ayuntamiento de Madrid, en los registros de la Administración General del Estado, en los de las Comunidades Autónomas, o mediante las demás formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Solicitud de vista de expediente:
- Si el solicitante desea tener acceso a uno o varios expedientes concretos, relativos a un edificio o construcción, deberá solicitarlo mediante Instancia General, en los registros de las Juntas de Distrito, en los restantes registro del Ayuntamiento de Madrid, Administración General del Estado y Comunidades Autónomas, o mediante las demás formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
- En este caso, tendrá que acreditar previamente el interés legítimo y directo como se especifica en el Reglamento del Registro de Edificios, "cualquier persona física o jurídica podrá solicitar información sobre los asientos contenidos en el Registro. No obstante, los datos sobre la propiedad de los inmuebles, el técnico inspector o sobre el expediente en tramitación, no pueden ser difundidos ni consultados por los ciudadanos, salvo que acrediten un interés legítimo y directo en los términos establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común".
- Para el acto presencial, y si el/los expedientes son competencia de Desarrollo Urbano Sostenible, acudirá a la misma dirección y en el horario reseñados anteriormente, es decir el edificio APOT, calle Ribera del Sena 21, 1 planta.
- Para ello, podrá pedir cita previa llamando al teléfono 915 132 529 o por correo electrónico a la dirección registroedificios@madrid.es.
- Desde el Departamento de Registro se remitirá al interesado al Órgano Gestor correspondiente al expediente, Órgano adscrito a la Subdirección General de Control de la Edificación. Dicho Órgano Gestor es quién mostrará el expediente en cuestión al interesado.
- Si el Expediente solicitado es competencia de Junta de Distrito, acudirá a la Junta correspondiente (si se trata solo de Vista del Expediente)
- En cualquier caso la petición de certificacion se canalizará siempre a través del Registro de Edificios y Construcciones.
Documentación:
Para la solicitud de certificado:
- Impreso normalizado (disponible para su descarga en el apartado 'Impresos')
Vista de expediente:
- Para solicitud de vista de expediente: Instancia General normalizada indicando los motivos de la solicitud.
- Para el acto presencial de vista: se le pedirá al solicitante, bien la presentación de la documentación acreditativa del interés legítimo, o bien la firma de declaración en comparecencia personal del interesado, tal y como estipula el artículo 32 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Tramitación:
- Petición de certificación: corresponderá al titular del Órgano Directivo la expedición de certificaciones sobre las inscripciones registrales existentes a solicitud de los interesados o de cualquier otra persona física o jurídica.