Plan Territorial de Emergencia Municipal del Ayuntamiento de Madrid (PEMAM)

El Plan Territorial de Emergencia Municipal del Ayuntamiento de Madrid (PEMAM) se redacta con el fin de disponer de una organización funcional de recursos humanos y materiales, capaz de dar respuesta a situaciones de emergencia en casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública. 

 

Tipo de Plan:  El PEMAM es el Plan Director de la prevención y planificación en el ámbito municipal de Madrid y aborda todas las fases de la gestión de la respuesta a la emergencia, incluyendo la correspondiente a las actuaciones básicas para la recuperación de la situación. En él se integran el resto de los planes de emergencia del municipio, tanto los planes de actuación municipal como los posibles instrumentos desarrollados para planificar la gestión de las emergencias que se puedan producir en nuestro ámbito territorial.

Fecha de aprobación: 19 de enero de 2023, (aprobado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, previo informe favorable de la Comisión de Protección Civil de la Comunidad de Madrid, entre otros).

Plazo de ejecución: A partir del día de su adopción. 

Área/s de Gobierno/ OOAA implicados: Se trata de un plan participativo en el que están implicados diferentes unidades del Ayuntamiento de Madrid. Tiene en cuenta las diferentes casuísticas de las poblaciones vulnerables del municipio y las especificidades que requieren en las medidas que contempla.

Por consiguiente, se trata de un plan que afecta a gran parte de la organización municipal: Alcaldía; Coordinación General de la Alcaldía (IAM); Área de Gobierno de Vicealcaldía; Área Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana (DG de Coordinación Territorial y Desconcentración y DG de Atención a la Ciudadanía); Área de Gobierno Portavoz, Seguridad y Emergencias (DG de Emergencias y Protección Civil, DG de la Policía Municipal, DG de Comunicación, OA Madrid-Salud y EM de Servicios Funerarios y Cementerios de Madrid, S.A.); Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social (DG Servicios Sociales y Emergencia Social y DG de Mayores); Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad (DG de Gestión del Agua y Zonas Verdes, DG de Servicios de Limpieza y Residuos, DG de Sostenibilidad y Control Ambiental, DG de Gestión y Vigilancia de la Circulación, EMT y Madrid Calle 30. S.A.); Área de Gobierno de Obras y Equipamientos (DG Conservación de Vías Públicas, DG del Espacio Público, Obras e Infraestructuras); Área de Gobierno de Desarrollo Urbano (DG de la Edificación); y Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo (MERCAMADRID).

 Dirección/es General/es responsable/s de su ejecución: La elaboración del plan corresponde al Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias a través de su Dirección General de Emergencias y Protección Civil.

 La dirección del plan corresponde al Alcalde del Ayuntamiento Madrid, como máximo responsable de dicho órgano en el municipio, salvo delegación expresa mediante decreto. Dicha delegación no podrá comprender la adopción de las medidas previstas en el artículo 14.3 f) LCREM (Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid).

Resumen: El PEMAM es el instrumento organizativo general de respuesta a situaciones de emergencia, grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, en el ámbito municipal de Madrid, cuya finalidad es evitar o reducir los daños que se pudieran derivar de estas.

 

Determina el marco orgánico-funcional, los mecanismos de movilización de recursos, el esquema de las personas intervinientes en las emergencias para la protección de las personas y los bienes en el municipio de Madrid, así como el resto de aspectos exigidos en el Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil.

 

Tiene en cuenta, en todas sus fases, las distintas necesidades de las personas con discapacidad, y otros colectivos en situación de vulnerabilidad estableciendo los protocolos de actuación específicos para garantizar su asistencia y seguridad.

 

Este plan sustituye al Plan Territorial de Emergencia del Ayuntamiento de Madrid del año 2014.  La necesidad de proceder a su revisión, adecuándolo a las exigencias del Plan Territorial de la Comunidad de Madrid y adaptándolo a las nuevas circunstancias, se plasmó en los Acuerdos de la Villa de julio de 2020, con el acuerdo de los cinco grupos municipales con representación en el gobierno municipal.

 

Se estructura en 9 apartados, en los que se desarrolla el objeto y alcance; el marco legal y fundamento jurídico; las características del municipio; la planificación de protección civil en el municipio; el análisis de riesgos; la estructura organizativa y funciones; la operatividad del plan; las medidas de prevención y protección a la población; y la implantación y mantenimiento del plan.

 

Además, consta de 13 anexos con el siguiente contenido: Informe favorable de organismos protección civil; entorno municipal; análisis de riesgos e información  asociada; sistemas de información y coordinación internos y con organismos implicados; procedimientos de activación/desactivación de fases y situaciones operativas; plan de recuperación ante emergencias; medidas de prevención y protección a la población; actuaciones de implantación y mantenimiento del PEMAM; sistemas de previsión, alerta, avisos y comunicación; directorio de interlocutores; catálogo de medios y recursos; herramientas PEMAM complementarias; y cartografía.

 

Tal y como señala el plan, su dirección corresponde al Alcalde, salvo delegación expresa mediante decreto. Dicha delegación no podrá comprender la adopción de las medidas previstas en el artículo 14.3 f) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid (LCREM).

Objetivos del plan:

  • Establecer el marco orgánico-funcional, los mecanismos de movilización de recursos, y el esquema de coordinación de las personas intervinientes en las emergencias de protección civil, para la protección de las personas, los bienes y el medio ambiente en el municipio de Madrid.
  • Establecer los sistemas de coordinación de los servicios, medios y recursos existentes en el Ayuntamiento de Madrid, incluyendo los de entidades públicas y privadas, y los procedentes de otras Administraciones Públicas.
  • Establecer los protocolos necesarios para la integración del plan en los planes territoriales de ámbito superior, efectuando la correcta transferencia de funciones a la Administración Autonómica, sin dejar de ejercer la dirección de nuestros propios medios, así como a la Administración General del Estado si, por evolución desfavorable de la emergencia, esta fuese considerada de interés nacional.
  • Realizar una caracterización del municipio y analizar los posibles riesgos, sus causas y efectos, así como las zonas probablemente afectadas.
  • Establecer los mecanismos para informar a la ciudadanía sobre las medidas preventivas, medidas de autoprotección y recomendaciones en caso de emergencia, prestando especial atención a los colectivos más vulnerables y a las posibles desigualdades estructurales entre mujeres y hombres.
  • Establecer las estrategias para el restablecimiento de los servicios públicos indispensables para la recuperación o vuelta a la normalidad tras una situación de emergencia.
  • Establecer los mecanismos para proporcionar apoyo a los Sistemas de Protección Civil, tanto de la Comunidad Autónoma de Madrid, como al Sistema Nacional de Protección Civil, en supuestos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.
  • Establecer los criterios generales para la adecuada implantación y mantenimiento del plan, incluyendo los aspectos tecnológicos, y una dotación presupuestaria para el desarrollo de la plataforma tecnológica, que permita automatizar los procesos de gestión propios de las emergencias y el intercambio de información entre los distintos servicios y entidades intervinientes.

Actividades previstas: Las medidas más importantes que recoge son que incorpora un nuevo esquema operativo de la gestión de la emergencia y de los servicios involucrados, de los mecanismos de movilización de recursos y de coordinación de las personas intervinientes en las emergencias de protección civil para la protección de las personas, los bienes y el medio ambiente, la identificación y análisis de los riesgos de la ciudad de Madrid y elaboración de fichas por cada uno de ellos, las herramientas tecnológicas y bases de datos de interlocutores, de medios y recursos, y otras bases de datos de consulta, así como, la propuesta de elaboración de un plan de recuperación tras la emergencia y los procesos de implantación y mantenimiento de la eficacia cuyo objetivo es mantener a lo largo del tiempo la vigencia y operatividad de las disposiciones establecidas.

 

Sistema de evaluación: Se trata de un plan vivo que permite su revisión periódica incorporando modificaciones y actualizaciones en caso necesario, y de desarrollo y uso diario.En función de la magnitud y repercusión de las revisiones, se consideran dos procesos diferenciados: las modificaciones, y las actualizaciones.

Modificaciones: Las modificaciones tendrán carácter extraordinario serán aquellas que deben efectuarse como consecuencia de, cambios en la normativa técnica o en la organización que afecte a alguno de los aspectos fundamentales del PEMAM. Estas modificaciones deberán ser aprobadas por la Junta de Gobierno y según la importancia de estas podrán suponer la formulación de una nueva edición del plan.

Las actualizaciones recogerán los cambios referidos tanto a los aspectos organizativos como operativos menores, y no requerirán aprobación por Junta de Gobierno. Serán actualizaciones de carácter ordinario, entre otras, actualización del directorio del plan, del Catálogo de Medios y Recursos, comprobación de la disponibilidad y adecuación técnica, etc., en general la información contenida en los anexos del plan.

 

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