Derechos y deberes de los pacientes

Carta de derechos y deberes de los pacientes del servicio SAMUR - Protección Civil

Sus DERECHOS

  1. Es un derecho del paciente no ser discriminado por razón de nacionalidad, sexo, raza, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
  2. El paciente tiene derecho a la confidencialidad de toda la información relacionada con su proceso de atención sanitaria, salvo por exigencias legales que lo hagan imprescindible, así como a velar por su intimidad durante su atención sanitaria.
  3. El paciente tiene derecho a recibir información sobre su proceso con un lenguaje asequible, tanto de manera verbal como por escrito.
  4. El paciente tiene derecho a ser advertido de sí los procedimientos que se le apliquen forman parte de docencia, investigación o ensayo clínico. En ningún caso estos procedimientos podrán comportar peligro adicional para su salud y serán aplicadas siguiendo los principios establecidos en la declaración de Helsinki (autonomía, beneficencia, justicia y no maleficencia).
  5. El paciente tiene derecho a la libre elección entre las opciones que le presente el equipo sanitario, salvo cuando:
    • La urgencia no permita demoras.
    • No esté capacitado para tomar decisiones, correspondiendo entonces el derecho a los familiares o personas legalmente responsables.
    • La no-intervención suponga un riesgo para la salud pública.
  6. El paciente tiene derecho a negarse al tratamiento y a causar alta voluntaria, excepto en los casos señalados en el apartado anterior.
  7. El paciente tiene derecho a conocer y utilizar las vías de reclamaciones y sugerencias establecidas por SAMUR-Protección Civil.
  8. Los pacientes tienen derecho a ser atendidos por personal cualificado de la forma más eficaz posible y con los medios más idóneos y avanzados disponibles y siempre según las necesidades del paciente y de acuerdo con la información facilitada por el mismo.
  9. Los pacientes tienen derecho a que se realicen todas las acciones oportunas que, junto a la atención al proceso, tengan como fin primordial reducir y paliar el sufrimiento y el dolor, tomando en consideración la percepción individual del mismo y preservando el máximo respeto a la autonomía, dignidad e integridad humanas.
  10. Los pacientes tienen derecho a conocer la identidad de los profesionales que realizan su asistencia directa, salvo que razones legales exijan lo contrario.

Sus DEBERES

  1. El paciente tiene el deber de tratar con el máximo respeto al personal sanitario que interviene y de colaborar en el cumplimiento de las normas establecidas por SAMUR-Protección Civil.
  2. El paciente tiene él deber de responsabilizarse del uso adecuado de las prestaciones ofrecidas por SAMUR-Protección Civil.
  3. El paciente tiene el deber de cuidar las instalaciones donde es atendido y mantener su habitabilidad.
  4. El paciente tiene el deber de firmar el documento de alta voluntaria en los casos de no aceptación de asistencia y tratamiento.
  5. El paciente tiene el deber de proporcionar la documentación médica y administrativa requerida por los profesionales sanitarios para la adecuada gestión del proceso asistencial.

Estos derechos y deberes son una adaptación, que no alteración de los que aparecen en la Ley General de Sanidad 14/86 de 25 de abril en su artículo 10.

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