Excepciones a la aplicación de medidas de tráfico en episodios de contaminación por dióxido de nitrógeno

Excepciones a la aplicación de medidas de tráfico contempladas en el protocolo de actuación para episodios de contaminación por dióxido de nitrógeno en la ciudad de Madrid.

Las excepciones son las siguientes:

Excepciones a la prohibición de estacionar en las plazas y horario del SER.

  • Titulares de una autorización del SER como residente, exclusivamente en su correspondiente barrio y plazas.
  • Los  vehículos  que  tengan  la  clasificación  ambiental  de  “CERO  EMISIONES”  en  el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico. 
  • Los vehículos que tengan la clasificación ambiental “ECO”, en el Registro  de Vehículos de la Dirección General de Tráfico, en los escenarios 2, 3 y 4.
  • Colectivo  cualificado  de  titulares  de  vehículos  comerciales  e industriales del  SER -según las categorías de uso que se establecen en la Ordenanza de Movilidad Sostenible- con   autorización en vigor para vehículos con categoría “C” de clasificación ambiental en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico. 
  • Los  vehículos  con  autorización  municipal  para  la  ocupación  de  la  vía  pública, conforme  a  los  límites,  las  prescripciones  y  las  matrículas  establecidas  en  la autorización.
  • Los  vehículos  estacionados  en  zonas  reservadas  para  su  categoría  o  actividad, dentro del área de estacionamiento regulado.
  • Los  vehículos  autotaxi  cuando  se  encuentren  en  servicio  (luz  verde  encendida), siempre  y  cuando  el  conductor/a  esté  presente  y  el motor  permanezca  apagado, en  los  términos  establecidos  en  la  Ordenanza  de  Movilidad  Sostenible. 
  • Los vehículos   de   arrendamiento   con   conductor   (VTC)   con servicio   previamente contratado,  siempre  que  el  conductor/a  esté  presente  y  el  motor  permanezca apagado, en los términos establecidos en la Ordenanza de Movilidad Sostenible. Los vehículos destinados al desplazamiento de personas con movilidad reducida en los que se exhiba la autorización especial correspondiente.
  • Los vehículos especialmente acondicionados para emisoras de radio y televisión
  • Servicios esenciales: vehículos de extinción de incendios,   protección civil y salvamento, fuerzas y cuerpos de seguridad y ambulancias.
  • Se  permite  el  estacionamiento  en  los  ámbitos  diferenciados  de estacionamientos sanitarios con la regulación y tarifa establecida.

Excepciones a las medidas de prohibición de circulación de vehículos a motor.

  • Transporte público colectivo.
  • Vehículos de profesionales cuya hora de inicio o de fin de jornada laboral esté fuera del horario de cobertura del transporte público (0:00 a 6:30 horas), acreditado a través de un certificado del empleador.
  • Los vehículos con autorización municipal para la ocupación de la vía pública, conforme a los límites, las prescripciones y las matrículas establecidas en la autorización.
  • Los vehículos destinados al desplazamiento de personas con movilidad reducida en los que se exhiba la autorización especial correspondiente y siempre que se esté transportando al titular de dicha autorización.
  • Servicios esenciales: vehículos de extinción de incendios, protección civil y salvamento, fuerzas y cuerpos de seguridad y ambulancias.
  • Vehículos para limpieza y baldeo viario y vehículos para gestión de arbolado urbano, que sean esenciales para la prestación del servicio.
  • Grúas para el remolque de vehículos y vehículos de asistencia y de auxilio en carretera.
  • Otros (vehículos destinados al transporte de detenidos, vehículos de transporte funerario, vehículos especialmente acondicionados para emisoras de radio y televisión, vehículos de transporte de fondos y vehículos blindados de seguridad debidamente acreditados).

Todas estas excepciones están recogidas en el anexo IV del protocolo de actuación para episodios de contaminación por dióxido de nitrógeno en la ciudad de Madrid.

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