Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro. Empresas titulares de vehículos especiales: blindados, grúas, RTV, hormigoneras, fúnebres y otros

VEHÍCULOS PERMITIDOS

Podrán acceder a la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro los vehículos especiales registrados en el RV en alguna de las siguientes secciones de la clasificación por criterios de construcción del apartado B o de utilización del apartado C del anexo II del RGV:

  • Por criterios de construcción del vehículo: En los siguientes grupos:

23. Tracto- camión.
70. Militares.

  • Por criterios de utilización del vehículo: En los siguientes grupos:

12. Portacontenedores.
15. Portavehículos.
17. Basculante.
18. Dumper.
21. Capitoné.
22. Blindado.
27. Cisterna.
28. Cisterna isoterma.
29. Cisterna refrigerante.
30. Cisterna frigorífica.
31. Cisterna calorífica.
32. Góndola.
45. Funerario.
47. RTV.
49. Taller o laboratorio.
53. Grúa de arrastre.
54. Grúa de elevación.
55. Basurero.
56. Hormigonera.
60. Extractor de fangos.
61. Autobomba.
62. Grupo electrógeno.
63. Compresor.
64. Carretilla transportadora elevadora.
65. Barredora.
66. Bomba de hormigonar.
67. Perforadora.
68. Excavadora.
69. Retro- excavadora.
70. Cargadora.
71. Cargadora retro-excavadora.
72. Traílla.
73. Niveladora.
74. Compactador vibratorio.
75. Compactador estático.
76. Riego asfáltico.
77. Pintabandas.

Se establece el siguiente calendario de restricción de acceso a la ZBEDEP Distrito Centro en función de la categoría de clasificación ambiental:

  Desde el 2023 Desde el 2024 Desde el 2025 
Vehículos a motor con MMA hasta 3.500 kg Acceden los 0 EMISIONES, ECO, C y B Acceden los 0 EMISIONES, ECO y C Acceden los 0 EMISIONES, ECO y C
Vehículos a motor con MMA superior a 3.500 kg Acceden los 0 EMISIONES, ECO, C y B Acceden los 0 EMISIONES, ECO, C y B Acceden los 0 EMISIONES, ECO y C

Quedarán exceptuados de estos límites temporales de acceso en función de la categoría ambiental cuando el titular justifique que no existen vehículos con las características necesarias con la categoría ambiental exigida.

GESTIONES

Los vehículos especiales con carácter general podrán acceder a a la ZBEDEP Distrito Centro sin gestión previa.

Excepcionalmente, cuando el vehículo carezca de la califcación ambiental exigida, podrá solicitarse autorización, previa concertación de cita, en la Oficina Especializada de Atención a la Ciudadanía de la ZBEDEP Distrito Centro, a través del alta como usuario en el Sistema de gestión de accesos a la misma (SGDC), para lo que será preciso acreditar las siguientes circunstancias:

  • La imposibilidad de prestar el servicio con otro tipo de vehículo por vincularse un contrato durante su vigencia,
  • o bien que no existen en el mercado vehículos del grupo correspondiente con dicha calificación ambiental.

No es necesario que vuelvan a tramitar el alta y los permisos las personas (físicas o jurídicas) que estaban ya dadas de alta y tenían permiso de acceso para la antigua Zona de Bajas Emisiones "Madrid Central", siempre que cumplan los requisitos de acceso a la ZBEDEP Distrito Centro.

 

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