Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro. Información general
La Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) “Distrito Centro” entró en vigor el 22 de septiembre de 2021, tras la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de la Ordenanza de 13 de septiembre de 2021 por la que se modifica la Ordenanza de Movilidad Sostenible de 5 de octubre de 2018.
Fue creada en desarrollo de la Estrategia de Sostenibilidad Ambiental Madrid 360, para proteger la salud humana y el medio ambiente urbano mediante la mejora de la calidad del aire y la disminución de los efectos negativos del tráfico motorizado.
A estos efectos, se prohíbe el acceso a los vehículos sin clasificación ambiental "A" (y que, por tanto, no pueden obtener distintivo ambiental, también denominados como vehículos con clasificación ambiental A), en tanto que los vehículos con clasificación ambiental "B" y "C" tienen prohibido acceder a la ZBEDEP "Distrito Centro" únicamente para atravesarla, si bien podrán hacerlo para estacionar en un aparcamiento de uso público o privado, que esté adherido al sistema de gestión de permisos de la ZBEDEP "Distrito Centro", o reserva de estacionamiento situados en su interior.
Desde el día 1 de enero de 2025 solo se permitirá el acceso a la ZBEDEP Distrito Centro de los vehículos sin clasificación ambiental (es decir, los vehículos también denominados con distintivo A o sin distintivo ambiental) que tengan reconocida la consideración de históricos conforme al RVH y de los vehículos adaptados para ser conducidos por o trasladar a personas con movilidad reducida que figuren de alta como autorizados en el Sistema de gestión de accesos a Distrito Centro.
Por el contrario, se permite la libre circulación de vehículos sin clasificación ambiental durante 2025 en todas las calles que componen el perímetro de la ZBEDEP “Distrito Centro”, así como en algunas calles o tramos de las mismas según se detalla en su ámbito geográfico.

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