Esquema GML de Parcela Urbanística - Ayuntamiento de Madrid

Esquema GML de Parcela Urbanística

En los últimos diez años se ha venido produciendo un proceso de transformación digital de la sociedad en general, y de las administraciones públicas en particular. Esta transformación se ha visto acompañada por la consiguiente regulación jurídica en materia de procedimiento administrativo y de las relaciones entre administraciones y entre éstas y la ciudadanía (Leyes 39 y 40/2015), de transparencia y buen gobierno (Ley 19/2013) y de la reutilización de la información del sector público (Ley 37/2007).

En este contexto el Ayuntamiento de Madrid ha desarrollado e implantado la Plataforma GIS de Urbanismo como herramienta para realizar la tramitación, seguimiento y publicación electrónicas de los instrumentos de planeamiento y gestión urbanística. 

La visión que este ayuntamiento tiene de la tramitación electrónica de expedientes urbanísticos trasciende la mera acumulación de documentación electrónica, mimética de la que se realizaba en papel en la que se reflejaba la información, para apostar por la tramitación y aprobación de la información en sí, aspirando de esta manera a un planeamiento sin planos. Así, es la propia información tramitada y aprobada oficialmente la que es difundida automáticamente en portales y Sede Electrónica, transmitida a otras administraciones, Notarios y Registradores, y reutilizada en procesos posteriores, sin manipulación, otorgando por tanto una veracidad y una seguridad jurídica impensables hasta ahora.

En efecto, ya desde la formalización de una iniciativa de planeamiento, la ciudadanía puede someter a la consideración del ayuntamiento una ordenación concreta sobre una determinada extensión del territorio, reservándose la administración la potestad de aprobar o no la propuesta. Es la propia información aportada por la ciudadanía la que se tramita y aprueba, si la administración así lo considera e incorporando las modificaciones que procedan, la que se integra en los sistemas de información municipales y, por tanto, la que se distribuye a través de Internet en periodos de información pública y tras la aprobación definitiva, la que se remite a otras administraciones —autonómica o judicial— en los momentos procedimentales legalmente establecidos, y la que sirve de información de partida para procedimientos posteriores correspondientes a la ejecución del planeamiento como puedan ser los proyectos de reparcelación o de expropiación, o de intervención en actos sujetos a licencia.

Para garantizar el transporte de la información a lo largo de todo el proceso —del ciudadano a la administración, entre administraciones, para dar cumplimiento de la transparencia y para la reutilización de la misma— se emplean ficheros GML al ser el estándar para información geográfica recogido en el Esquema Nacional de Interoperabilidad de Catálogo de Estándares, aprobado por resolución de 3 de octubre de 2012 de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.

Dado que la Directiva 2007/2/EC del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de marzo de 2007, por la que se establece la Infraestructura de Información Espacial en la Comunidad Europea (INSPIRE), no incluye un esquema que contemple las necesidades del planeamiento el Ayuntamiento ha optado por crear un esquema propio para describir informáticamente el contenido urbanístico mínimo de los expedientes de planeamiento, al que ha denominado Parcela Urbanística, GML-PU.

El esquema GML-PU contiene una colección de parcelas y, cuando ya exista, los datos del expediente administrativo. Para cada parcela se deben especificar sus coordenadas en el sistema de proyección oficial vigente, los usos cualificados junto con sus intensidades y, en su caso, las redes públicas a las que quedan adscritos, y la normativa de aplicación.

Puede consultar el documento técnico completo de la solución adoptada por el Ayuntamiento en documentación asociada. 

Puede acceder al esquema GML-PU a través de este otro enlace

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