Alcaldes de Madrid

Superada la fase histórica del municipalismo, en la que el Alcalde era considerado como un delegado del Gobierno nombrado por el Rey u otros miembros del Gabinete, una vez aprobada nuestra vigente Constitución, tienen lugar las primeras elecciones locales democráticas en 1979.

Posteriormente, es la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, la que establece el modo en que se designa el Alcalde. A tal efecto, prevé que la elección del Alcalde se lleve a cabo en la misma sesión de constitución de la Corporación, pudiendo ser candidatos todos los Concejales que encabecen sus correspondientes listas: si alguno de ellos obtiene la mayoría absoluta de los votos de los Concejales, es proclamado Alcalde; si ninguno obtiene dicha mayoría, es proclamado Alcalde el Concejal que encabece la lista que haya obtenido mayor número de votos; en caso de empate, se resuelve por sorteo.

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