El área de Salud, Seguridad y Emergencias quiere verificar el cumplimiento de la normativa de este sector de negocios

Campaña de inspección y control de créditos rápidos

Nota de prensa 02/08/2015
  • La campaña se dirige a las empresas no bancarias que publicitan la posibilidad de obtener financiación inmediata
  • Quedan fuera de los controles los bancos y otras entidades supervisadas por el Banco de España
  • Se centra en los créditos rápidos que se ofrecen sin otra garantía que la personal, así como la concesión no bancaria de créditos hipotecarios que se publicitan como “solución urgente”

El Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid, a través del Instituto Municipal de Consumo, está llevando a cabo la “Campaña de inspección y control de créditos rápidos”, para verificar el cumplimiento de la normativa de consumo que regula el sector. Esta dirigida a las empresas no bancarias que publicitan la posibilidad de obtener financiación urgente.


Los bancos, las entidades financieras de crédito y los emisores de tarjetas de crédito quedan fuera de la inspección municipal, debido a que éstos son supervisados por el Banco de España.  


El control e inspección municipal se centra en los créditos rápidos que se ofrecen sin otra garantía que la personal, así como la concesión no bancaria de créditos hipotecarios que se publicitan como “solución urgente”, o expresiones similares. Son aquellos que se conceden en un plazo breve de tiempo, circunstancia que puede representar un obstáculo en la toma de decisión del consumidor al no tener suficientes datos.


Las medidas de esta campaña pasan por verificar la adecuación a las disposiciones legales de consumo de las ofertas crediticias que prometan resolverse en menos de 24 horas, además de cualquiera otra que hable de minutos u horas sin especificar cuántos. En lo que se refiere al crédito hipotecario no bancario, se entiende por contratación urgente aquella que se ofrezca con duración menor a una semana.


Consecuencias de un impago


También se comprobará que la información ofrecida al consumidor cumple los requisitos legalmente establecidos, tanto en la publicidad de este tipo de negocios como en los documentos precontractuales. Se trata de garantizar que el usuario comprenda el significado y el coste real de lo que va a contratar, así como las consecuencias de un posible impago.


Se verificará si los contratos incluyen los contenidos mínimos exigibles legalmente, y que éstos no contienen cláusulas abusivas, y el cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo 265/2015, de 22 de abril, que  considera desmedida toda cláusula contractual que establezca un interés de demora con un incremento de más de dos puntos porcentuales respecto del interés remuneratorio pactado en el préstamo personal.


Toda condición contractual que añada al tipo de interés de demora un gasto de “tramitación del impagado”, o similar, claramente superior a la gestión realizada (que no es otra que el envío de una o varias comunicaciones), se considerará injusta.
La campaña inspeccionará en primer lugar las páginas web de este sector. El control se extenderá a las sedes de aquellas que cuenten con oficinas abiertas en Madrid y se analizarán los expedientes y las visitas a las oficinas de la empresa. /

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