El delegado del Área de de Salud, Seguridad, Javier Barbero, remitió esta mañana, jueves día 24, una carta a Concepción Dancausa
El Ayuntamiento pide a la Delegación de Gobierno el desalojo de ‘Hogar Social Madrid’
Nota de prensa 24/09/2015
- Según la ley orgánica 2/1986 de 13 de marzo de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en su artículo 1 “la seguridad pública es competencia exclusiva del Estado. Su mantenimiento corresponde al Gobierno de la Nación”
- En el mismo artículo se cita que “las corporaciones Locales participarán en el mantenimiento de la seguridad pública en los términos establecidos en la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local y en el marco de esta Ley
- El Ayuntamiento ha ofrecido ayuda a las personas que este colectivo tenía a su cargo
El delegado del Área de de Salud, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid, Javier Barbero, remitió esta mañana, jueves día 24, una carta a la delegada del Gobierno en Madrid, Concepción Dancausa, manifestando su preocupación por la presencia del colectivo ‘Hogar Social Madrid’ acampados junto a la puerta de entrada del Palacio de Cibeles.
“Este grupo”, añadió Barbero, “es conocido por unas posiciones que incitan al odio y que vulneran los derechos humanos. Sus conductas incitan a la violencia y, según nos consta, de manera sistemática invitan a la provocación”. Desde el Ayuntamiento, “entendemos que por el ideario que defienden, la presencia de este colectivo ocasiona un problema de orden público y solicitamos su desalojo por parte de la Policía Nacional a la mayor brevedad posible”.
La ley de las Fuerzas de Seguridad
En materia de seguridad pública, según dice la ley, a la Policía Municipal de Madrid le compete “la protección y custodia de edificios municipales, así como la colaboración con las administraciones competentes en materia de seguridad”. Según la ley orgánica 2/1986 de 13 de marzo de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en su artículo 1 “la seguridad pública es competencia exclusiva del Estado. Su mantenimiento corresponde al Gobierno de la Nación”.
En el mismo artículo se cita que “las corporaciones Locales participarán en el mantenimiento de la seguridad pública en los términos establecidos en la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local y en el marco de esta Ley”.
Por otro lado, la concejalía de Equidad y Derechos Sociales ha ofrecido ayuda a las personas que este colectivo tenía a su cargo. Se estudiará individualmente cada caso y se ofrecerá, si se considera necesario, una solución habitacional para que nadie duerma en la calle. /
“Este grupo”, añadió Barbero, “es conocido por unas posiciones que incitan al odio y que vulneran los derechos humanos. Sus conductas incitan a la violencia y, según nos consta, de manera sistemática invitan a la provocación”. Desde el Ayuntamiento, “entendemos que por el ideario que defienden, la presencia de este colectivo ocasiona un problema de orden público y solicitamos su desalojo por parte de la Policía Nacional a la mayor brevedad posible”.
La ley de las Fuerzas de Seguridad
En materia de seguridad pública, según dice la ley, a la Policía Municipal de Madrid le compete “la protección y custodia de edificios municipales, así como la colaboración con las administraciones competentes en materia de seguridad”. Según la ley orgánica 2/1986 de 13 de marzo de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en su artículo 1 “la seguridad pública es competencia exclusiva del Estado. Su mantenimiento corresponde al Gobierno de la Nación”.
En el mismo artículo se cita que “las corporaciones Locales participarán en el mantenimiento de la seguridad pública en los términos establecidos en la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local y en el marco de esta Ley”.
Por otro lado, la concejalía de Equidad y Derechos Sociales ha ofrecido ayuda a las personas que este colectivo tenía a su cargo. Se estudiará individualmente cada caso y se ofrecerá, si se considera necesario, una solución habitacional para que nadie duerma en la calle. /