Inspección a las prendas de vestir
- La Campaña Municipal, que realizan 9 inspectores de Consumo, se lleva a cabo en los meses de febrero y marzo en los 21 distritos de la capital
- El objetivo es velar por el cumplimiento de la normativa legal para garantizar los derechos económicos de los consumidores madrileños
- Se estudian las etiquetas en las que debe figurar, de forma clara y visible, la composición del producto, su procedencia y los datos necesarios para su conservación y mantenimiento
Nueve inspectores técnicos de Calidad y Consumo del Ayuntamiento de la Ciudad de Madrid se dedican a lo largo de este mes y del próximo marzo a analizar alrededor de 3.000 artículos textiles en los 21 distritos de la capital. Su objetivo, establecido por la Campaña de Inspección y Control de Productos Textiles, es vigilar que los establecimientos comerciales cumplan la normativa de etiquetado respecto a la información que se debe ofrecer a los consumidores a fin de que no se lesionen los derechos económicos de los madrileños.
Las prendas de vestir son, por razonas obvias, artículos de uso común e imprescindibles y siguiendo el mandato de la normativa vigente, la administración local está obligada a realizar este tipo de inspecciones y controles teniendo en cuenta también la evolución de una gran parte del mercado en el que han aparecido en los últimos años artículos de importación que compiten a precios muy bajos y que, en muchos casos, no cumplen los requisitos que impone la normativa española entre otros motivos porque este cumplimiento acarrearía un mayor coste.
Etiquetas claras y visibles
Uno de los principales aspectos que se va a controlar en la Campaña es la existencia de etiquetas, si en ella se incluyen el nombre, la razón social, la denominación y domicilio del fabricante, comerciante o importador, si consta el número de registro industrial del fabricante de productos nacionales con su correspondiente NIF o bien del importador del producto. Por otro lado, cuando el artículo se ofrece a la venta con envoltura, la etiqueta debe figurar en ella cuando no puede verse la del propio tejido por venderse doblado.
Las etiquetas de los artículos textiles deben aparecer escritas en castellano y con las indicaciones, como son los símbolos de conservación, impermeable, ignífugo, inencogible, etc. perfectamente diferenciadas así como la composición, la naturaleza y el origen de la prenda. En el caso de las piezas que se venden por metros, en cada una de ellas deben figurar las etiquetas a la vista, bien en el mismo artículo, bien en el bastidor del producto.
Adquirir un producto sin etiquetar, mal etiquetado o en otro idioma coloca al consumidor en una situación de indefensión al no disponer de la información necesaria para conocer cuestiones relevantes como la calidad de la prenda que se está adquiriendo, los cuidados especiales que hay que tener con ella o los requisitos para su limpieza y mantenimiento.
Una vez finalizada la Campaña de Inspección y Control de Productos Textiles se analizarán todos los datos para verificar el grado de cumplimiento con la normativa legal y se incoarán los expedientes sancionadores a aquellos establecimientos en los que se hubiera detectado la existencia de infracciones.
Datos de la Campaña anterior
Según las inspecciones realizadas en la última Campaña (realizada en 2007), en el 10% de los casos las etiquetas carecían de los datos que deberían identificar al fabricante, al comerciante o al importador. Tampoco aparecía el número de registro industrial en aquellos productos hechos en España y el NIF del importador en los tejidos realizados en el extranjero. Otras irregularidades detectadas fueron que las etiquetas no figuraban en la envoltura del producto, que no estaban escritas en castellano y que se omitía la composición de la prenda./