El nuevo texto simplifica trámites y potencia los mecanismos flexibilizadores para evitar impedimentos menores en las concesiones

Nueva Ordenanza de Licencias

Nota de prensa 22/03/2014
  • Regula las figuras de comunicación previa y declaración responsable, que se configuran como nuevos medios ordinarios de intervención administrativa, distintos de las licencias urbanísticas
  •  Se aplicará a las actuaciones relativas a servicios de las Administraciones públicas, servicios de  abastecimiento de agua, saneamiento y residuos sólidos, y a usos dotacionales  en vía pública,  transporte y zona verde

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Trámites más sencillos y rápidos, y obtención de las licencias en menos tiempo. Así es la nueva Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas (OMTLU), una vez que el Ayuntamiento ha aprobado definitivamente la modificación de esta norma. El nuevo texto, que será ratificado en el próximo Pleno,  ha sido concebido para simplificar los trámites para la concesión de licencias e introduce mecanismos de flexibilización para facilitar iniciativas de escasa entidad técnica.

La OMTLU se aplicará en las actuaciones relativas al uso residencial,   servicios de las Administraciones públicas y entidades asimiladas, servicios infraestructurales en sus clases de abastecimiento de agua, saneamiento y residuos sólidos, y usos dotacionales para la vía pública, para el transporte y zona verde.

Trámites más ágiles

Entre las novedades del nuevo texto destaca la regulación de las figuras de comunicación previa y declaración responsable, que se configuran como nuevos medios ordinarios de intervención administrativa distintos de las licencias urbanísticas, en las que la intervención municipal se pospone a un momento posterior a la realización de la actuación urbanística.

Respecto a los procedimientos de concesión de licencias, se simplifican y quedan reducidos a dos: el procedimiento ordinario común y el abreviado. Se suprime el procedimiento simplificado, derivando la mayoría de las actuaciones incluidas en su ámbito de aplicación a las comunicaciones previas o declaraciones responsables y se simplifican los requisitos documentales exigidos en cada uno de los procedimientos.

El nuevo texto permite la posibilidad de conceder autorizaciones parciales de funcionamiento, siempre que quede acreditado que la parte afectada es susceptible de un uso independiente y diferenciado respecto de la edificación de la que forman parte.

Además se elimina la exigencia de un acto municipal expreso para aquellas iniciativas de escasa entidad técnica y reducido impacto urbanístico o medioambiental, que no precisan de un proyecto técnico. A partir de ahora será suficiente con un control posterior para verificar su adecuación a normativa.

En lo relativo a la figura de la Declaración Responsable, el texto le dedica una regulación exhaustiva, y establece sus requisitos y el posterior procedimiento de verificación y comprobación municipal de la documentación exigida, su contenido y la adecuación de la actuación a la normativa urbanística.

Tras la aprobación del proyecto de la modificación de la OMTLU, éste será elevado al Pleno del Ayuntamiento. A partir de su aprobación plenaria y la correspondiente publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, entrará en vigor el nuevo texto./

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