El Ayuntamiento presta esta ayuda por nacimiento o adopción de un nuevo hijo

Ochocientas familias madrileñas se han beneficiado del Programa Primeros Días

Nota de prensa 09/08/2007
  • El programa cuenta para este año con una asignación de 600.000 euros
  •  Requisito imprescindible es estar empadronado en Madrid
  •  Las ayudas se dirigen a familias monoparentales, numerosas, con incapacidad para alguno de sus miembros y cuando se dan partos múltiples

Desde su puesta en marcha en 2005, un total de 799 familias se han beneficiado del Programa Primeros Días diseñado por el Área de Familia y Servicios Sociales para echar una mano a las madres y padres con hijos recién nacidos. Para el presente año, el programa cuenta con una asignación presupuestaria de 600.000 euros.

Las personas con hijos recién nacidos o adoptados pueden acogerse al programa municipal diseñado para atender a las familias en los primeros meses de vida del pequeño. El Ayuntamiento quiere facilitar la adaptación a los cambios impuestos por la entrada de un nuevo miembro en la familia. Las ayudas se dirigen a las familias monoparentales, a las que alguno de los componentes sufre discapacidad, en las numerosas y en los casos de partos múltiples.

La prestación de ayuda se extiende a 50 horas que se distribuyen conforme a las necesidades de la familia, entre las siete de la mañana y las diez de la noche, de lunes a viernes, durante los cuatro meses posteriores al nacimiento o la adopción

El trabajo auxiliar lo realiza personal previamente formado y bajo la supervisión de los técnicos municipales responsables del programa. Con el fin de divulgar el conocimiento de dicho programa se han editado folletos en diferentes idiomas, desde árabe hasta chino, además de todas las lenguas habituales en Madrid. Los folletos son distribuidos en las Juntas Municipales de Distrito y en aquellos lugares frecuentados por las futuras madres, maternidades, escuelas de preparación al parto,  y otras asociaciones.

El procedimiento es muy simple. Basta presentar una solicitud en los registros de las Juntas de Distrito o en el área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales ( calle Ortega y Gasset, 100) de lunes a viernes entre 9,00 y 14,00 horas. También se pueden tramitar a través de la web www.munimadrid.es.

El requisito fundamental es estar empadronado en el término municipal de Madrid, aunque no es necesario documentarlo. Hay que presentar  fotocopias  del libro de familia donde conste la inscripción del menor, del documento acreditativo de condición de familia numerosa y en los casos de discapacidad, igualmente fotocopia que acredite esta situación./


 

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