Subvenciones para el fomento de la contratación de personas desempleadas o demandantes de empleo 2022

Resolución del Gerente de la Agencia para el Empleo por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones de la agencia para el empleo de Madrid para el fomento de la contratación de personas desempleadas o demandantes de empleo en la ciudad de Madrid para el año 2022, de 27 de mayo de 2022.

¿Quién lo puede solicitar?

Podrán concurrir a la convocatoria autónomos y empresas de menos de 250 trabajadores cualquiera que sea su forma jurídica y cuyo domicilio social o centro de trabajo esté ubicado en la ciudad de Madrid, que reúnan los requisitos que se determinan en la convocatoria y que contraten a personas desempleadas o demandantes de empleo empadronadas en dicha ciudad.

Objeto

Fomentar el empleo, mediante la articulación de un programa especial de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, de apoyo a la creación de empleo en la ciudad de Madrid, facilitando la incorporación al mercado ordinario de trabajo de personas desempleadas o demandantes de empleo, mediante el establecimiento de incentivos a la contratación por cuenta ajena en el ámbito de la ciudad de Madrid. Para propiciar dicho objetivo, se concederán ayudas a la contratación consistentes en una cantidad económica por cada contratación a jornada completa o parcial, modificación contractual con incremento de jornada laboral o renovación de contrato laboral, incluido el mantenimiento del empleo de las personas afectadas por un ERTE realizada con una duración mínima de 6 meses.

Plazo

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y permanecerá abierto hasta agotar el crédito existente, y en todo caso hasta el 31 de agosto 2022, con las siguientes características:

  • En concreto las solicitudes se deberán presentar a partir del día siguiente a la contratación, modificación, renovación o reincorporación de un ERTE y hasta el último día del mes siguiente a la misma.
  • Aquellas contrataciones producidas desde el 1 de noviembre de 2021, hasta la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, se podrán solicitar desde el día siguiente a la publicación y hasta el último día del mes siguiente a la misma.

 Importe

Las solicitudes presentadas resultaran subvencionables con una ayuda máxima según la modalidad contractual solicitada. Para las nuevas contrataciones realizadas, modificación contractual con incremento de jornada laboral o renovación de contrato laboral, incluido el mantenimiento del empleo de las personas afectadas por un ERTE, con una duración mínima de 6 meses, las cuantías serán las siguientes:

  • 3.000 € si la modalidad de la contratación es a jornada completa. Esta cuantía se verá incrementada en un 40% cuando la contratación se realice con mujeres, personas mayores de 45 años y personas con una discapacidad mínima del 33% (4.200 €).
  • 1.450 € si la modalidad de la contratación es, a jornada parcial, siempre que la misma sea igual o superior a 20 horas semanales. Esta cuantía se verá incrementada en un 40% cuando la contratación se realice con mujeres, personas mayores de 45 años y personas con una discapacidad mínima del 33% (2.030 €).

Documentación asociada

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