Exenciones del IBI. Información

Las exenciones se puede reconocer de oficio o previa solicitud

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 Plazo

Las exenciones previa solicitud tienen efectos para el año siguiente a la misma.

 Requisitos

En las exenciones previa solicitud, los específicos de la situación alegada.

 Documentación

Documentación específica que en cada caso, avale o demuestre el derecho a la exención.

Información general

 Compatibilidad en las bonificaciones

  • Las bonificaciones son compatibles entre sí y se aplicarán en el orden recogido en la ordenanza sobre la cuota íntegra o, en su caso, sobre la resultante de aplicar las que le precedan.
  • Solo resultan incompatibles entre sí las bonificaciones del SEP y el PAC, que no pueden aplicarse conjuntamente.

Exención previa solicitud

Los bienes inmuebles que se destinen a la enseñanza por centros docentes acogidos, total o parcialmente, al régimen de concierto educativo, en cuanto a la superficie afectada a la enseñanza concertada.

Tramitar en línea

Exención previa solicitud

Los declarados expresa e individualizadamente monumento o jardín histórico de interés cultural con los que requisitos que marca la ley y siempre que no estén afectos a explotaciones económicas. También los inmuebles ubicados dentro de la zona arqueológica Recinto Histórico de Madrid e incluidos en el Plan General como objeto de especial protección y los inmuebles ubicados dentro del Conjunto Histórico del Recinto de la Villa de Madrid, catalogados como objeto de protección integral o singular y con una antigüedad igual o superior a 50 años.

El cumplimiento del requisito de no estar afecto a actividad económica debe acreditarse mediante la oportuna declaración responsable debidamente cumplimentada y firmada por el sujeto pasivo.

Presentación presencial. En este caso, la/s declaración/es responsable/s deberá aportarse a través de una Instancia General Normalizada

Presentación en línea. Si la presentación es en línea, dispone de un modelo de solicitud/declaración responsable con alta directa de expediente en  madrid.es/carpetatributaria.

En cualquier caso, es necesario presentar una declaración por cada inmueble para el que se solicite la exención; es decir, se puede pedir la exención para varios inmuebles en una sola solicitud, pero las declaraciones responsables deben ser individualizadas por cada inmueble.

Tramitar en línea

La superficie de los montes en que se realicen repoblaciones forestales o regeneración de masas arboladas (15 años a contar desde el año siguiente al de la solicitud).

Tramitar en línea

  • Bienes Inmuebles que:
    • a) Sean propiedad del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales que estén directamente afectos a la seguridad ciudadana y a los servicios educativos y penitenciarios, así como los del Estado afectos a la defensa nacional.
    • b) Bienes comunales y montes vecinales en mano común.
    • c) Los de la Iglesia Católica y los de las asociaciones confesionales no católicas legalmente reconocidas (la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas, la Federación de Comunidades Israelitas y la Comisión Islámica), en los términos establecidos en la legislación aplicable.
    • d) Los de la Cruz Roja Española.
    • e) Los inmuebles a los que sea de aplicación la exención en virtud de convenios internacionales en vigor y, a condición de reciprocidad, los de los Gobiernos extranjeros destinados a su representación diplomática, consular, o a sus organismos oficiales.
    • f) La superficie de los montes poblados con especies de crecimiento lento reglamentariamente determinadas.
    • g) Los terrenos ocupados por las líneas de ferrocarriles y los edificios enclavados en los mismos terrenos, que estén dedicados a estaciones, almacenes o a cualquier otro servicio indispensable para la explotación de dichas líneas.
  • Inmuebles rústicos y urbanos cuya cuota líquida no supere la cuantía de 6 euros.
  • Bienes inmuebles de los que sean titulares las entidades sin fines lucrativos y aquellas recogidas en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, con los requisitos que marca la norma.
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