Generación y validación de archivos de planeamiento en formato GML-PU
Para la correcta incorporación de los datos gráficos de los expedientes de planeamiento en los sistemas de información geográfica corporativos y su difusión a través del Visor Urbanístico del Ayuntamiento de Madrid es necesario hacerlo mediante ficheros en formato GML-PU. Con el objeto de facilitar la creación de ficheros en este formato y su verificación con antelación a su presentación a través del Registro General, el Ayuntamiento de Madrid pone a disposición de la ciudadanía el portal de generación y validación de ficheros GML-PU. Para usarlo se deben seguir las siguientes instrucciones:
- La información estará georreferenciada en el Sistema Geodésico de Referencia ETRS89 UTM-30N (EPSG-25830), de conformidad al Real Decreto 1071/2007, de 27 de julio, por el que se regula el sistema geodésico de referencia oficial en España.
- Independientemente de la aplicación usada para la elaboración de la información, se emplearán las bases cartográficas publicadas por el Ayuntamiento de Madrid a través de su Geoportal. En el caso de que sea necesario realizar un levantamiento topográfico, se seguirán las recomendaciones elaboradas por el Departamento de Cartografía.
- El Ayuntamiento de Madrid pone a disposición de la ciudadanía una plantilla en formato Shape de ESRI para realizar la carga de información. La edición sobre la plantilla se puede realizar con cualquier aplicación que soporte dicho formato de forma nativa, por ejemplo, QGIS, o bien usando la aplicación habitual de diseño y, a continuación, cualquier conversor para obtener el formato Shape.
- La ordenación se dibujará con arreglo a las siguientes reglas:
a. Se debe crear un recinto ordenado por cada manzana o parcela con condiciones de uso y edificabilidad diferenciadas, incluidas las de la vía pública
b. Los recintos ordenados no se deben superponer y no deben existir huecos entre ellos (salvo que el ámbito objeto del expediente excluya la ordenación de alguna parte interior)
c. Cada uno de estos recintos ordenados tiene una superficie intrínseca, que es la que contabilizará en el expediente a todos los efectos, redondeada a 2 decimales
d. Un expediente puede tener uno, varios o ningún ámbito de ordenación. Cada uno de los ámbitos de ordenación tendrá como atributo la suma de las superficies de los recintos ordenados asociados a él
e. Cada recinto ordenado tendrá asociados los siguientes datos:
i. UBO_ID. Identificador numérico único y secuencial
ii. ETIQUETA. Etiqueta de la parcela urbanística (es la identificación de cada parcela, por ejemplo, ZV.1)
iii. USO_ID. Código del uso cualificado principal de la parcela según la codificación que se facilita en esta tabla que recoge todos los valores posibles
iv. DENOM_USO. Denominación de dicho uso en la tabla
v. EDIFI. Edificabilidad en m² para dicho uso
vi. RED. Red pública a la que pertenece dicho uso, en su caso (conforme al PG97/Ley del Suelo, por ejemplo, Red Supramunicipal)
vii. NORMA. Código de la normativa (es cómo se denomina la norma zonal en las Ordenanzas, por ejemplo, TE para el terciario)
viii. ETIQ_AMB. Etiqueta del ámbito de ordenación en el que está incluido el recinto
ix. DENOM_AMB. Su denominación
x. UGI_ID. Valor asociado al uso cualificado principal en la tabla mencionada
xi. USECX_ID, DEN_USECX, EDI_USECX, RED_USECX, donde X es un número entre 1 y 4. Código y denominación de los usos secundarios (hasta un máximo de cuatro), su edificabilidad y red pública a la que pertenece
Los valores de los campos USO_ID, DENOM_USO, RED y UGI_ID (y sus equivalentes de los usos secundarios) se deben tomar de una de las filas de la tabla mencionada.