4. Derechos y responsabilidades
Los principales derechos de la ciudadanía en general y de las/os usuarias/os de los servicios objeto de esta Carta, recogidos básicamente en la normativa relativa a régimen jurídico de las Administraciones Públicas, procedimiento administrativo común, transparencia y protección de datos, son:
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A ser tratados con respeto y deferencia.
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A obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar.
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A recibir información sobre el servicio que se presta.
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A conocer la identidad del personal bajo cuya responsabilidad se presta el servicio.
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A ser objeto de una atención directa y personalizada.
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A obtener la información administrativa de manera eficaz y rápida.
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A exigir responsabilidades a la Administración y personal cuando así corresponda legalmente.
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A no presentar documentos que no se exijan en las normas o ya estén en poder de la Administración que gestiona el asunto.
La participación directa de los ciudadanos y las ciudadanas en los asuntos públicos es un derecho fundamental constitucionalmente garantizado que ha sido plasmado en las Leyes de desarrollo constitucional, particularmente, en el ámbito local, por ser el más cercano al ciudadano. Las diversas formas, mecanismos, vías y espacios para hacer efectivo este derecho en nuestra Ciudad se han recogido en el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid el 31 de mayo de 2004.
De esta forma, en los términos establecidos en las correspondientes normas, los derechos más relevantes de los ciudadanos y las ciudadanas, por si mismos, y a través de las Asociaciones que constituyan, son los derechos de participación, de información, de petición y de propuesta, el derecho a ser consultados, a la iniciativa para promover actividades de interés público, a la audiencia pública, a formular quejas, reclamaciones y sugerencias, a asociarse para la defensa de sus intereses, así como a acceder a los recursos que la Administración municipal pone a disposición de las Entidades.
Las responsabilidades de la ciudadanía y de las Entidades para ejercitar los anteriores derechos consisten fundamentalmente en ajustarse a los procedimientos y plazos que se especifican en la normativa reguladora del procedimiento administrativo, así como tener la condición de vecino de Madrid, y, en su caso, del Distrito correspondiente. Las Entidades ciudadanas, por su parte han de aportar la documentación que se establece en cada caso para inscribirse en el Registro, para ser declarados de utilidad pública municipal, para renovar la inscripción en el Registro Municipal y para la tramitación de ayudas y subvenciones.