III Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos. 2024-2027

Tipo de Plan: plurianual.

Fecha de aprobación: aprobado por Acuerdo de Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 28 de diciembre de 2023, publicado en el BOAM  de 11 de enero de 2024.

Plazo de ejecución:   del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre del 2027, salvo que la legislatura de la actual Corporación finalice con anterioridad a dicho periodo.

Área/s de Gobierno/ OOAA implicados: Todo elAyuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos.

Dirección/es General/es responsable/s de su ejecución: para cada medida contemplada en el III Plan de igualdad se definen los órganos responsables de su ejecución.

Resumen:

Se trata de un plan elaborado y negociado en el seno de la Comisión de Igualdad del Ayuntamiento para avanzar en la igualdad entre mujeres y hombres en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos y dirigido a la totalidad del personal que tenga una relación contractual laboral y/o estatutaria con esta Administración local.

El plan consta de tres líneas de actuación: la institución, la comunicación y las personas que, a su vez están compuestas por una serie de objetivos específicos asignados a las áreas de gobierno o dependencias para los que se establecen una serie de medidas concretas a implementar. Anualmente se realiza un seguimiento del cumplimiento de las medidas reflejadas en el plan.

Objetivos del plan:  

El objetivo general que persigue este plan es avanzar en la igualdad entre mujeres y hombres en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos.

 

Asimismo, se establecen objetivos específicos para cada línea de intervención:

-        Línea 1. La Institución

  • 1.1. Incorporar el principio de igualdad en la gestión y la organización municipal.
  • 1.2. Implementación, seguimiento, evaluación y difusión del plan.
  • 1.3. Alcanzar la paridad en la representación.

-        Línea 2. La Comunicación

  • 2.1. Utilizar un lenguaje inclusivo y no discriminatorio.
  • 2.2. Eliminar el sexismo y los estereotipos de género.

-        Línea 3. Las personas

  • 3.1. Fomentar la igualdad en el acceso al empleo y promoción interna.
  • 3.2. Suprimir el sexismo y la estereotipación.
  • 3.3 Asegurar el acceso al teletrabajo en condiciones de igualdad entre mujeres y hombres.
  • 3.4. Fomentar la igualdad en los procesos de provisión de puestos.
  • 3.5. Promover la igualdad salarial cuando se detecten disparidades.
  • 3.6. Asegurar la participación equilibrada de mujeres y hombres en las acciones formativas.
  • 3.7. Propiciar la conciliación de los tiempos de vida.
  • 3.8. Prevenir e intervenir en situaciones de especial protección: acoso sexual, por razón de sexo u orientación sexual e identidad y expresión de género, y violencia de género.

Actividades previstas: Para cada línea de actuación y objetivo específico se recogen una serie de medidas para su realización.

Medios personales y materiales precisos: Respecto a los medios humanos, cada unidad responsable debe contar con la dotación de plantilla necesaria para la implementación de las medidas asignadas.

Presupuesto: Respecto a los medios económicos, las medidas contempladas deben estar contenidas en los diferentes programas presupuestarios que tienen asignados su correspondiente crédito en el presupuesto anual. En este sentido, se trata de un plan transversal que incorpora la igualdad de género a lo largo de su desarrollo, por lo que no se requieren partidas económicas específicas.

Sistema de evaluación: El III Plan de igualdad establece para cada medida los órganos responsables para su realización, temporalización y unos indicadores concretos. Asimismo, se realizará un seguimiento en cada uno de los cuatro años de vigencia del Plan, del grado de implantación del mismo. Ello permite la ejecución progresiva de las medidas y un análisis anual del nivel de realización de las mismas. Una vez concluya la vigencia del III Plan de Igualdad, se realizará una evaluación final, en la que se analizará el grado de implementación de las medidas durante los cuatro años de vigencia, que permitirá evaluar el impacto de la implementación de este III Plan de Igualdad

Indicadores para su seguimiento y evaluación: Se establecen indicadores concretos para cada medida asociada a cada objetivo específico asignado a órgano responsable de realizarla.

Modificaciones: En el supuesto de que en el seguimiento, evaluación y revisión se observe la necesidad de modificar este Plan de Igualdad, ésta se llevará a cabo en el seno de la Comisión de Igualdad.

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