Recogida y limpieza de excrementos caninos

En la ciudad de Madrid hay registrados más de 280.000 perros (según el censo de 2021 de animales domésticos del Registro de Animales de Compañía de Madrid -RIAC) por lo que es muy importante la concienciación y responsabilidad de la ciudadanía propietaria de perros para evitar que sus excrementos acaben abandonados en calles, parques y jardines. No sólo son desagradables, sino que además pueden suponer riesgos para la salud, el medio ambiente y la convivencia.

El Ayuntamiento de Madrid, a través de la Dirección General de los Servicios de Limpieza y Residuos, organiza acciones especiales de sensibilización con informadores/as en calle sobre la responsabilidad ciudadana en la recogida de los residuos caninos. Estas acciones concretas se desarrollan en la vía pública de todos los distritos y barrios de la ciudad, en aquellos espacios con mayor presencia de mascotas caninas como son las mismas áreas caninas, puntos de afluencia, zonas verdes, clínicas veterinarias y otros espacios sensibles de nuestra ciudad.

Recomendaciones y obligaciones

Si eres cuidador/a o propietario/a de perro, deberás tener en cuenta las siguientes obligaciones y recomendaciones por respeto a otras personas y para el cuidado de la ciudad:

  • Es obligatorio que recojas los excrementos de tu mascota.
  • Recuerda que deberás recogerlos en una bolsa.
  • Luego deberás depositar la bolsa cerrada en una papelera o en los contenedores de tapa naranja destinados al resto de residuos no reciclables.

Para facilitar la recogida, dispones de muchas papeleras con expendedor de bolsas biodegradables para recoger excrementos caninos. Puedes consultar su ubicación en “Visualiza Madrid con Datos Abiertos > Localización de papeleras, usando el filtro Papeleras con dispensador”.

  • Es recomendable que diluyas los orines de tu perro. Con ayuda de una pequeña botella de agua con unas gotas de vinagre evitas la suciedad, las manchas y los malos olores.

Deposito de excrementos en papelera

Estas normas están incluidas en la ordenanza municipal de limpieza de espacios públicos, gestión de residuos y economía circular (art. 15) y su incumplimiento conlleva la imposición de sanciones.

Requisitos de tenencia de animales

Además, recuerda los requisitos para la tenencia de animales enfocados a su protección, seguridad y la del entorno además de la ciudad, regulados por la Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales, de 26 de julio de 2001. A modo de resumen, hay que tener en cuenta que:

  • En los espacios públicos o en los privados de uso común, los animales de compañía tendrán que circular acompañados y conducidos mediante cadena o cordón resistente que permita su control.
  • Los perros pueden permanecer sueltos en las áreas caninas acotadas para ellos repartidas en los 21 distritos de la ciudad (puedes localizarlas en los contenidos relacionados).  
  • En los parques y jardines que carezcan de estas áreas podrán permanecer sueltos entre las 19:00 y las 10:00 horas en el horario oficial de invierno, y entre las 20:00 y las 10:00 horas en el horario oficial de verano.
  • No pueden acceder a zonas de recreo infantil, de mayores y otras áreas en las que figure expresamente la prohibición de su acceso.
  • Se prohíbe el baño de animales en fuentes ornamentales, estanques o similares, así como que estos beban directamente de las fuentes de agua potable para consumo público.

En el folleto adjunto puedes encontrar más información.  

 

¡Sé responsable y recoge las cacas de tu perro: Madrid te lo agradecerá!

 Con erre de Respetar_recoge los excrementos de tu perro

 

Mantener limpia la ciudad y mejorar la convivencia es sencillo entre todos.

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