Información a las personas consumidoras

En los accesos a las instalaciones, fuera de la calzada pero al inicio del acceso, de tal manera que la persona usuaria pueda tener conocimiento de la información sin necesidad de entrar en las instalaciones, deberán existir unos pilares o carteles, perfectamente visible y legibles, con la siguiente información: 

  • precio por litro de los diferentes tipos de gasolinas y gasóleos, con indicación de su octanaje.
  • horario de apertura y cierre de las instalaciones, en su caso.
  • medios de pago admitidos
  • expresión “Autoservicio” cuando el suministro sea prestado en este régimen. 

Si no se pueda suministrar un determinado tipo de combustible por alguna circunstancia se deberá informar mediante un cartel con la leyenda "Fuera de servicio” y el tipo de combustible afectado. 

Si dispusiera de espacios de suministro en ambos lados de una vía pública, los pilares o carteles informativos se situarán en los accesos de ambos espacios. 

Dentro de las instalaciones se exhibirá la siguiente información: 

  • nombre o anagrama de la empresa suministradora de los combustibles y el nombre comercial de la instalación de venta, en su caso.
  • medios de pago admitidos.
  • Leyendas o pictogramas, referentes a los siguientes derechos y obligaciones de los/las usuarios/as:
    • Prohibición de fumar o encender fuego.
    • Prohibición de repostar con las luces encendidas o con el motor en marcha.
    • Existencia de hojas de reclamaciones a disposición de las personas consumidoras.
    • Existencia, a disposición de las personas usuarias, de equipos o útiles de medida reglamentaria para la comprobación del suministro.
    • Horario de la actividad.
    • Ubicación y distancia de la instalación de venta más próxima. 
  • Precios y tipos de combustible disponible en cada surtidor, con indicación de su octanaje.
  • Medios de pago admitidos.
  • Pago anticipado e importe exacto. En el supuesto de que se exigiese el pago previo y/o se estableciese, como medida de seguridad entre las 22,00 h y las 7,00 h, el pago por importe exacto, se advertirá  de tales medidas, expresando el horario de aplicación de las mismas. 

Si dispusiera de espacios de suministro en ambos lados de una vía pública, la información se expondrá en ambos espacios.

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